Boletín Oficial 6057

DECRETOS
596 REASUME sus funciones el Sr. Gobernador 1
597 APRUEBA la Memoria, Estados Financieros y el Proyecto de Distribución de Utilidades
del Banco de Tierra del Fuego, correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2025
2
598 REASUME sus funciones el Sr. Secretario de Malvinas, Antártida Islas del Atlántico Sur y
Asuntos Internacionalmente
3
599 AUTORIZA el traslado fuera de la Provincia por razones particulares del señor
Ministro de Producción y Ambiente
4
600 ACEPTA la renuncia a la Planta Permanente presentada por la agente Liliana Rosana QUIROGA 4
RESOLUCIONES PLENARIAS TRIBUNAL DE CUENTAS13/26 a 14/26 - 16/26 a 35/26 -37/26 - 37/26 a 42/26 5
RESOLUCIÓN DIRECTORIO DE LA CAJA PREVISIONAL PARA EL PERSONAL POLICIAL Y PENITENCIARIO PROVINCIAL, Y COMPENSADORA PARA EL PERSONAL POLICIAL DEL EX TERRITORIO DE TIERRA DEL FUEGO
38/26
216
RESOLUCIÓN DIRECTORIO DE LA CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA 31/26219
DISPOSICIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HIDRICOS10/26 220
ACORDADAS CONSEJO DE LA MAGISTRATURA 680 - 685 222222
DISPOSICIONES INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA 01/26 - 137/26 a 175/26 - 177/26 a 194/26 -196/26 a 200/26 - 202/26 a 218/26 227
DISPOSICIONES SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ENTES SIN FINES DE LUCRO - IGJ 09/26 a 15/26 302
DISPOSICIONES SUBDIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO DE LA IGJ 33/26 - 35/26 a 43/26 307
DISPOSICIONES DIRECCIÓN DE REGISTRO USHUAIA - IGJ35/26 a 51/26 315
DISPOSICIONES DE LA CAJA PREVISIONAL PARA EL PERSONAL POLICIAL YPENITENCIARIO PROVINCIAL, Y COMPENSADORA PARA EL PERSONAL POLICIAL DEL EX TERRITORIO DE TIERRA DEL FUEGO
107/26 a 110/26 - 112/26 a 116/26
324
DISPOSICIÓN DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN DE LA IGJ 15/26334
LICITACIÓN
El Ministerio de Economía de la Provincia, llama a la Apertura del Convenio Marco Abiertode la Licitación Pública bajo modalidad de Convenio Marco N° 03/2025 335
CONVOCATORIA
El Colegio Público de Profesionales de Enfermería de TDF, convoca aelecciones de autoridades de Comisión, Directiva, Revisores de Cuenta y Tribunal de Ética y Disciplina 335
EDICTOS
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 DJN, comunica autos caratulados
"GRENETHIER MYRIAM ADRIANA SUCESIÓN AB INTESTATO"
336
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 DJN, comunica autos caratulados
"VERA OSCAR HECTOR S/SUCESION AB INTESTATO"
337
El Juzgado de Trabajo N° 2 DJN, comunica autos caratulados
"BENITEZ MARTINEZ JUANA MARIANA Y OTROS C/PETROGAS FUEGUINA SRL S/DESPIDO"
338
El Juzgado de Primera Instancia Electoral Provincial comunica autos caratulados
"PARTIDO SOLIDARIO S/ LEGAJO DE CONSULTA DE ESTADOS CONTABLES 2025"
340
El Juzgado de Primera Instancia Electoral Provincial comunica autos caratulados
"PARTIDO DELTRABAJO Y LA EQUIDAD S/ LEGAJO DE CONSULTA DE ESTADOS CONTABLES 2025"
346
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 DJN, comunica autos caratulados
"ROMERO RENE RAUL Y ACOSTA ANA MARIA S/SUCESION AB INTESTATO"
359
EDICTO IGJ:EZASA AUSTRAL S.A. 359
SUMARIO 360
EDITADO EN LA DIRECCION PROVINCIAL DE BOLETIN OFICIAL SECRETARIA LEGAL DE GOBIERNO

Tasas Judiciales. Nuevo criterio de cálculo para juicios sin contenido patrimonial

La Legislatura de la provincia de Tierra del Fuego sancionó la Ley 1616, que modifica el régimen de tasas judiciales al sustituir el artículo 6° de la Ley 162, estableciendo un nuevo criterio para los procesos no susceptibles de apreciación pecuniaria.

La reforma fija que, en aquellos juicios cuyo objeto no tenga valor económico y que no se encuentren comprendidos en exenciones legales, deberá abonarse una tasa equivalente al cincuenta por ciento (50%) de un IUS, pagadera en su totalidad al inicio del proceso. Este cambio reemplaza el sistema anterior de montos fijos en pesos, introduciendo un parámetro dinámico que se ajusta automáticamente con la evolución del valor del IUS.

El objetivo de la norma es dotar de mayor previsibilidad y uniformidad al sistema de tasas en este tipo de procesos, evitando desactualizaciones y discrecionalidad en su determinación. Asimismo, refuerza el criterio de financiamiento del servicio de justicia mediante un esquema más flexible y acorde a la realidad económica.

La reforma impacta directamente en procesos como acciones declarativas, cuestiones de estado civil o litigios sin contenido económico, que ahora deberán afrontar un costo inicial determinado por el valor del IUS.

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Reforman la Ley 1466 con un nuevo esquema de designación en la  “Defensoría Provincial de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes”

La Legislatura de la provincia de Tierra del Fuego reformó la Ley 1466 mediante la sanción de la Ley 1617, introduciendo cambios relevantes en el régimen de designación del cargo de Defensor/a de la Defensoría Provincial de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

La modificación se concentra en el artículo 7°, donde se establece un nuevo procedimiento basado en concurso público de antecedentes y oposición, a cargo de un tribunal ad hoc integrado por cinco miembros: tres representantes de la Legislatura, uno del Poder Judicial y uno del Poder Ejecutivo. Este órgano tiene a su cargo la evaluación de los postulantes y la conformación de una terna de candidatos.

La decisión final, sin embargo, permanece en cabeza de la Legislatura, que realiza la designación mediante resolución, eligiendo entre los postulantes propuestos. De este modo, el nuevo esquema combina una instancia técnica de selección con una instancia política de definición. Asimismo, la norma prevé que el tribunal podrá funcionar aun ante la ausencia de alguno de sus integrantes, evitando bloqueos institucionales.

Desde el punto de vista jurídico, la reforma no altera la estructura ni las funciones de la Defensoría, que conserva su carácter autónomo e independiente, pero sí introduce mayores estándares de transparencia y formalización en el proceso de selección. Sin embargo, el diseño mantiene una fuerte incidencia del Poder Legislativo, que no solo posee mayoría dentro del tribunal evaluador, sino que además conserva la decisión final de nombramiento.

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El Estado nacional redefine su estrategia frente a riesgos y emergencias

El Ministerio de Seguridad Nacional, mediante la Resolución 334/2026, aprobó el nuevo Plan Nacional para la Reducción del Riesgo de Desastres 2025-2029, consolidando un instrumento estratégico clave dentro del Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo (SINAGIR), creado por la Ley 27.287. La medida surge tras la finalización del plan anterior (2018-2023) y responde a la necesidad de actualizar lineamientos conforme a nuevos riesgos, aprendizajes institucionales y estándares internacionales.

En los considerandos se destaca que el SINAGIR articula acciones entre Nación, provincias, municipios y sociedad civil, con funciones específicas como la aprobación de planes de reducción de riesgo, manejo de crisis y recuperación. Asimismo, se señala que el plan debe tener carácter plurianual y guiarse por metas estratégicas, conforme al Decreto 383/2017. En este contexto, el nuevo plan fue elaborado por la Secretaría Ejecutiva y presentado ante el Consejo Nacional, reforzando su legitimidad institucional.

Se prioriza la reducción de vulnerabilidades, la mejora en la preparación ante emergencias y el fortalecimiento de capacidades estatales, con mayor articulación interjurisdiccional y participación técnica.

El impacto de la norma radica en la continuidad y actualización de la política pública en gestión de riesgos, alineándola con estándares internacionales y promoviendo una gobernanza más integrada. No obstante, su eficacia dependerá de la implementación concreta, la asignación de recursos y la coordinación efectiva entre niveles de gobierno.

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Ley 1618 – Apruébase en todos sus términos los Convenios Marco registrados bajo los Nº 27.179, 27.211, 27.248 y 27.280, celebrados entre la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de la Nación, implementación de anticipos financieros, Compromiso Federa

Ratificación de convenios de anticipos financieros con garantía de no afectación de la coparticipación municipal La Ley Provincial 1618 de la provincia de Tierra del Fuego aprueba y ratifica una serie de convenios celebrados entre la Provincia y la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de la Nación, vinculados a la implementación de anticipos […]

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