“Radar inglés”:Nulidad de la inscripción societaria, Leolabs pierde su reconocimiento registral
La decisión judicial deja sin efecto el reconocimiento legal de la sociedad, en un caso atravesado por interés público y sensibilidad social.
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 del Distrito Judicial Sur de Ushuaia resolvió en la causa “Inspección General de Justicia - Ministerio B.C y J de la Provincia de Tierra del Fuego AIAS c/ Leolabs Argentina S.R.L. s/ disolución y liquidación de sociedad” rechazar el pedido de disolución de la empresa, pero declarar la nulidad de su inscripción societaria.
La Inspección General de Justicia había promovido la acción al considerar que la sociedad no podía cumplir su objeto social tras la cancelación de la autorización para operar un radar en la localidad de Tolhuin. La empresa sostuvo que dicha decisión administrativa no se encontraba firme, ya que existían recursos pendientes.
El tribunal reconoció que el caso presenta una fuerte sensibilidad social en la provincia, donde el dispositivo fue percibido como el denominado “radar inglés”, en directa vinculación con la cuestión Malvinas y la defensa nacional. No obstante, aclaró que dicha dimensión no sustituye el análisis jurídico, el cual debe resolverse conforme a las normas del derecho societario.
En su análisis, el juez Gustavo González distinguió entre la eficacia actual del acto administrativo y su definitividad jurídica. Señaló que la cancelación de la autorización, si bien produce efectos inmediatos, no puede considerarse un impedimento definitivo mientras existan recursos administrativos pendientes y la eventual revisión judicial en sede contencioso-administrativa. En esa línea, destacó que la causal de disolución exige una imposibilidad absoluta, lo que no se verifica ante una situación aún sujeta a variación. Asimismo, remarcó que la presunción de legitimidad del acto administrativo no habilita, por sí sola, la extinción de la persona jurídica, y aplicó el principio de conservación de la empresa, privilegiando su subsistencia frente a escenarios de incertidumbre.
Sin embargo, el tribunal avanzó sobre la validez del reconocimiento jurídico del ente y declaró la nulidad de la inscripción societaria de Leolabs Argentina S.R.L., ordenando su cancelación registral por parte de la IGJ una vez que la sentencia quede firme.
