Un conflicto jurisdiccional surgió en una causa en la que se demandaba a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para el reconocimiento e integración de suplementos adicionales en el haber mensual de retirados de la Policía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quienes anteriormente pertenecían a la Policía Federal Argentina.
Mientras el Juzgado Federal de la Seguridad Social y el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires presentaban posturas discordantes sobre qué jurisdicción debería prevalecer, la Corte intervino para aportar claridad al asunto.
La decisión de la Corte se inclinó hacia que la causa debía ser tramitada en el ámbito federal de la seguridad social. Esta resolución se fundamentó en que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no era una parte demandada en el caso. Además, la citación como tercero solicitada por la Caja de Retiros aún no había sido resuelta.
Cabe destacar que el Acta Acuerdo 132, firmada entre la Ciudad de Buenos Aires y la Caja, establecía la jurisdicción de la justicia contencioso administrativo federal para disputas derivadas de ese contrato. Sin embargo, la Corte sostuvo que dicho acuerdo solo tiene efectos entre las partes que firmaron el acta y no puede determinar la jurisdicción en este caso particular.