La Superintendencia de Riesgos del Trabajo, en una búsqueda continua de simplificar y optimizar el procedimiento administrativo, ha aprobado recientemente el anexo “Trámites previsionales ante las comisiones médicas” a través de la Resolución 46/2023. Esta medida surge con la clara intención de integrar y superar la variedad normativa existente, adaptándose a las innovaciones tecnológicas de la era digital y formalizando prácticas que ya estaban consolidadas.
El enfoque central es brindar a los ciudadanos un proceso ágil, económico y eficiente, minimizando demoras y obstáculos. Dado el carácter sensible de los temas que las Comisiones Médicas Jurisdiccionales manejan, es esencial que se encuentren mecanismos que favorezcan resoluciones oportunas.
Un aspecto destacable es la gestión del Retiro Transitorio por Invalidez (RTI). Según la Ley 24241, las personas con una capacidad laboral física o intelectual reducida en un 66% o más, tienen derecho a este retiro. Este derecho prevalece si aún no han cumplido con la edad y los años de aportes requeridos para la jubilación ordinaria.
Para acceder al RTI, una vez solicitada la prestación ante la ANSES, la Unidad de Atención Integral (UDAI) será responsable de derivar el caso a la Comisión Médica Jurisdiccional correspondiente. Todo el proceso comunicativo entre la entidad y el solicitante se manejará principalmente por correo electrónico, modernizando y agilizando el proceso.
La evaluación de la solicitud se basa en una serie de documentos, que incluyen formularios específicos, certificados médicos y comprobantes de nivel educativo del solicitante, entre otros. Esta documentación será minuciosamente examinada para determinar la validez de la solicitud.
La nueva Resolución 46/2023 es un avance para los trabajadores que buscan un procedimiento simplificado, rápido y efectivo en el ámbito de riesgos laborales y retiros por invalidez. Esta medida refuerza la idea de que el bienestar del trabajador debe estar en el centro de las decisiones administrativas.