Se confirma -en lo principal- la implementación del Sistema de Reconocimiento Facial de Prófugos (SRFP) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se ordena que la rehabilitación del funcionamiento del sistema -además de quedar supeditada a la constitución y debido funcionamiento de los órganos de control- también debía quedar sujeta a la realización de las investigaciones y pruebas necesarias sobre el software que utiliza el mismo, para determinar si su empleo tenía un impacto diferenciado según las características personales de los individuos afectados. Asimismo, se ordena que, antes de poner en funcionamiento el SRFP, se dé a publicidad, y se informe a los vecinos y organizaciones que así lo soliciten, la existencia de esta herramienta, su funcionamiento y las reglas jurídicas que en su totalidad lo rigen, a fin de que expongan las observaciones que entiendan necesarias. Ello así, al concluirse que no era posible afirmar que el funcionamiento del SRFP no resultara eficiente si este estuviera sometido a todas las fiscalizaciones que las normas especiales y generales preveían.
Te puede interesar:
- Código Procesal Penal de la Nación – Ley 23984
- CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA
- CÓDIGO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN
- Ley 25326 HABEAS DATA – PROTECCION DE LOS DATOS PERSONALES
- Ley 16986 – ACCIÓN DE AMPARO
Contenido exclusivo para miembros
Inicia sesion o adquiri una membresia para ver este PDF.
Post Relacionados:
Recurso Queja Nº 1 – Incidente Nº 7 – INCIDENTISTA: GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES s/INCIDENTE DE VERIFICACION DE CREDITO | Cita Digital: Delalenga 58156
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires es el órgano encargado de conocer en los recursos extraordinarios que se presenten ante la justicia nacional ordinaria de la ciudad
Decreto Provincial 3082/24 Ratifica en todos sus términos el Convenio de Cooperación Interjurisdiccional, celebrado entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y el Gobierno de la Provincia de Tierra del Fuego
D., M. A. c/Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires s/juicio sumarísimo | Cita Digital: Delalenga 26304
COCA COLA FEMSA DE BUENOS AIRES S.A. DEMANDADO: BUENOS AIRES, PROVINCIA DE s/INCIDENTE | Cita Digital: Delalenga 61661
“ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SE c/PROVINCIA DE BUENOS AIRES – MINISTERIO DE PRODUCCION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO” | Cita Digital: Delalenga 96371




