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De la Lenga

GONZALEZ GARCIA, IVANA SUSANA c/ PROVINCIA DEL CHUBUT Y OTRO s/ordinario | Cita Digital: Delalenga 38257

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Sentencia: necesidad de conformación de una mayoría real

     La cámara confirmó el derecho a la indemnización de los daños pero rechazó la pretensión del actor de capitalizar los intereses fijados en la sentencia de grado, en los términos del artículo 770, inciso b, del Código Civil y Comercial de la Nación (CCCN), como mecanismo para recomponer el monto de capital de condena frente al paso del tiempo y sus efectos inflacionarios.

     Llegado el caso a la Corte, ésta dejó sin efecto la sentencia con fundamento en que los magistrados aportaron fundamentos discordantes, sin que se logre conformar una mayoría real. Entre otras consideraciones dijo el Tribunal, con base en el dictamen del Procurador, que las sentencias de los tribunales colegiados no pueden concebirse como una colección o sumatoria de opiniones individuales o aisladas de sus integrantes, sino como el producto de un intercambio racional de ideas (Fallos: 332:826 y sus citas). Asimismo, señaló, todo pronunciamiento constituye una unidad lógico–jurídica, cuya parte dispositiva es la conclusión necesaria del análisis de los presupuestos fácticos y normativos efectuado en sus fundamentos.

     En ese orden, cabe destacar que no es, pues, sólo el imperio del tribunal ejercido concretamente en la parte dispositiva lo que da validez y fija los alcances de la resolución: estos dos aspectos dependen también de las motivaciones que sirven de base a la decisión (dictamen de la Procuración General al que remitió la Corte en Fallos: 329:1661, “Crimer”).

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