Ushuaia, Tierra del Fuego Lun–Vie: 10–13 hs y 16–20:30 hs · Sáb: 10–13 hs
De la Lenga

I., E. E. s/ abrigo | Cita Digital: Delalenga 44576

“La guarda a parientes regulada en el artículo 657 del Código Civil y Comercial, opera en supuestos de especial gravedad que se deben valorar a la luz del interés superior del niño/a o adolescente, posibilitando el otorgamiento del cuidado de los mismos en cabeza de un pariente que evita su institucionalización, ello siempre con carácter […]

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