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De la Lenga

Resolución 931/2025 – CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. Autorizar a los letrados integrantes de la Dirección de Asuntos Contenciosos al ejercicio de la profesión exclusivamente con el objeto y finalidad de asumir la defensa de los intereses de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La Corte Suprema crea un cuerpo de letrados propio para asumir su defensa judicial, fortaleciendo su independencia institucional y regulando su actuación en todo el país.

La Resolución 931/2025 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación establece la autorización a los letrados de la Dirección de Asuntos Contenciosos para ejercer la profesión exclusivamente en representación judicial, extrajudicial y administrativa del propio Tribunal. En sus considerandos, destaca la necesidad de consolidar la independencia del Poder Judicial (art. 108 y 113 CN) mediante la asunción progresiva de su propia defensa legal, actualmente delegada al Ministerio de Justicia. Se argumenta que la existencia de un órgano técnico especializado permitirá una actuación más eficiente y ajustada a los plazos procesales, especialmente en causas de significancia institucional. La norma complementa y desarrolla la Acordada 11/2023 y se vincula con disposiciones de la Ley 23.187, Ley 22.192, Ley 23.853 y el Decreto-Ley 1285/58, además del Reglamento para la Justicia Nacional. Se regula también que cualquier honorario profesional devengado se transferirá al Tribunal, dado que los funcionarios judiciales no pueden percibir remuneración adicional. Asimismo, se establece la obligación del Ministerio de Justicia de notificar de inmediato a la Dirección la iniciación de causas judiciales en que la Corte sea parte, asegurando así la intervención oportuna del nuevo órgano. Esta resolución no modifica otra norma específica, sino que perfecciona el sistema de representación judicial de la Corte, fortaleciendo su autonomía institucional. El Tribunal, busca reafirmar su carácter de poder independiente del Estado, evitando interferencias externas. La norma asegura que la defensa de la Corte esté alineada con los principios republicanos y con un régimen jurídico que garantice la eficiencia, legalidad y transparencia en su actuación procesal.

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