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De la Lenga

DE LAMADRID, PABLO IGNACIO c/ MAPFRE ARGENTINA SEGUROS S.A. s/ DESPIDO – Fallo plenario 330 | Cita Digital: Delalenga 42646

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En un nuevo “Plenario” la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió  el caso “De Lamadrid, Pablo Ignacio c/ Mapfre Argentina Seguros SA s/ despido”, estableciendo que el límite del 20% para el pacto de cuota litis, regulado por el artículo 277 de la L.C.T., no puede incrementarse por el IVA correspondiente a la condición tributaria del abogado. Este fallo plenario se convierte en un mandato obligatorio para todos los tribunales laborales inferiores, asegurando la protección del crédito laboral del trabajador. Determina que los honorarios del letrado, pactados bajo el régimen de cuota litis, deben ceñirse estrictamente al porcentaje legal sin añadir cargas fiscales adicionales, garantizando así que el trabajador reciba la totalidad del beneficio económico adjudicado sin deducciones imprevistas por obligaciones tributarias del abogado. Este pronunciamiento refuerza el principio protector del derecho laboral, preservando la equidad y la justicia en la relación abogado-cliente.

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