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De la Lenga

Di Matteo, Mónica Daniela c/ CPSPTF s/ Contencioso Administrativo | Cita Digital: Delalenga 1374

VOCES: • • • • •

“…las cuestiones planteadas resultan ser sustancialmente análogas a las examinadas por el Estrado en la causa “Georgeff, Nora Mabel c/ CPSPTF s/ Contencioso Administrativo” (Expte. Nº 3627/2018 SDO-STJ), sentencia de fecha 19 de junio de 2020, registrada en el Tº CXVII, Fº 53/63 (…) En dicho precedente, el Tribunal diferenció claramente la concesión de la jubilación, situación en la que el organismo administrativo aplicara el marco normativo que regía al momento en que el interesado formuló su solicitud, de la determinación del haber inicial, en la que impera la regla que manda atender al cese en actividad y desde allí computar el período de remuneraciones que prescribe el ordenamiento previsional (…) Es decir, el antecedente del cese resulta indispensable, pues el cálculo toma como base los ingresos percibidos y sobre los cuales se aportó efectivamente hasta ese momento, criterio que es reiterado por la ley Nº 1076…” (del voto del Dr. Muchnik con adhesión de la Dra. Battaini).

Se rechaza la demanda. Se reitera la doctrina del Tribunal de autos “Caranchi c/ Provincia” y otros precedentes donde sostuvo la constitucionalidad de la declaración de emergencia y de las medidas allí dispuestas.

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“Georgeff, Nora Mabel c/ CPSPTF s/ Contencioso Administrativo”

LEY 1068 

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