La Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, dependiente del Ministerio de Economía, dictó la Disposición 362/2026, mediante la cual se establecen los criterios y procedimientos para la implementación del Registro Nacional de Infractores (RENAI) en materia de defensa del consumidor. La medida se fundamenta en lo dispuesto por la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, que reconoce el derecho de los consumidores a recibir información cierta, clara y detallada, así como en las facultades de la autoridad de aplicación para instruir sumarios y aplicar sanciones a los proveedores que incumplan dicha normativa. En ese marco, la disposición busca fortalecer los mecanismos de transparencia y acceso a la información sobre infracciones cometidas por proveedores de bienes y servicios. El RENAI funcionará como una base de datos pública y centralizada, en la que se registrarán las infracciones y sanciones administrativas aplicadas en todo el país por incumplimientos a la Ley de Defensa del Consumidor, a la Ley de Metrología Legal (Ley 19.511) y al Decreto 274/2019 sobre lealtad comercial. El registro contendrá información identificatoria de las sanciones, incluyendo datos del infractor, número de expediente, tipo y monto de la sanción, fecha de la resolución y encuadre legal de la infracción. Asimismo, la disposición establece que la información del registro será de acceso público, permitiendo a consumidores, autoridades y organismos consultar los antecedentes sancionatorios de los proveedores. Esta herramienta busca contribuir a la transparencia de las relaciones de consumo, facilitar decisiones informadas por parte de los usuarios y mejorar la elaboración de estadísticas y políticas públicas en la materia. Finalmente, se invita a las autoridades de aplicación de todo el país a incorporar en el registro las sanciones dictadas en sus respectivas jurisdicciones, promoviendo así una articulación federal en la protección de los derechos de los consumidores y en el control de las prácticas comerciales.
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