En un caso de homicidio calificado por el vínculo, una mujer fue acusada de matar a su padre y condenada a prisión perpetua en un juicio por jurados. La acusada había sido víctima de abuso sexual y violencia durante su infancia a manos de su progenitor, quien además había amenazado con abusar de la hija de la imputada. En este caso, la mujer se encontraba en una situación de vulnerabilidad debido al abuso y violencia sufridos, lo que debió haber sido tomado en cuenta al juzgar su accionar.
La jueza técnica a cargo del proceso no instruyó al jurado sobre la obligación de aplicar esta perspectiva, lo que constituyó una violación del debido proceso. La falta de estas instrucciones limitó la capacidad del jurado para valorar correctamente las circunstancias que rodeaban el caso, particularmente en relación con la violencia de género y el impacto psicológico que la imputada padeció.
Tras la condena, se interpuso un recurso de casación, que fue admitido por el tribunal.
Debido a esta omisión, la SALA I del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, decidió anular el veredicto condenatorio y ordenó la realización de un nuevo juicio, garantizando así un proceso judicial en el que se aplique adecuadamente la perspectiva de género y se respeten los derechos de la imputada.
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