Ushuaia, Tierra del Fuego Lun–Vie: 10–13 hs y 16–20:30 hs · Sáb: 10–13 hs
De la Lenga

PETICIONA DESAFECTACIÓN DEL RÉGIMEN DE PROTECCIÓN DE LA VIVIENDA

Señor Juez:

…, por derecho propio, con domicilio real en …, con el patrocinio letrado de la Dra. …, abogada, Tº … Fº … CPA, CUIT …,, constituyendo domicilio procesal en …, de esta ciudad (Zona de Notificación …, tel. …; e-mail …), con domicilio electrónico en …, a V.S. como mejor proceda digo:

I. OBJETO

Que vengo a peticionar se desafecte del régimen de protección a la vivienda –“Bien de familia”− el inmueble  ubicado en …, de propiedad de …, con domicilio real en …

Los datos catastrales del mencionado inmueble son los siguientes …

A todo evento hago constar que la desafectación se requiere a fin de proceder a su embargo, oportunamente, a causa de una deuda que el accionado contrajo con el suscripto y que no canceló a su vencimiento.

II. HECHOS

En el caso no se dan los requisitos necesarios para la viabilidad de la afectación, pues ni el solicitante ni los beneficiarios viven en el inmueble de modo habitual y permanente como requiere la ley.

La deuda contraída por el demandado surge de un pagaré suscripto con fecha … por la suma de …, con vencimiento al día …, y en razón de que no fue cancelado en la fecha convenida me vi en la obligación de promover la pertinente ejecución, actualmente en trámite ante el Juzgado …, siendo su carátula “…c/…s/juicio ejecutivo”.

En dichos autos se ha ordenado trabar embargo sobre el inmueble cuya desafectación se persigue, habiendo informado el Registro de la Propiedad Inmueble la imposibilidad de hacerlo por encontrarse afectado precisamente por el Régimen de Protección de la Vivienda.

Por lo tanto, con el propósito de obtener la satisfacción de la deuda pendiente que provocó la promoción del juicio ejecutivo mencionado, se hace menester desafectar el inmueble de marras y su posterior realización.

III. PROCEDENCIA DE LA DESAFECTACIÓN DEL INMUEBLE

La inembargabilidad que ampara el bien de familia nace con su inscripción y solo funciona con relación a deudas contraídas con posterioridad a tal circunstancia. A contrario sensu, los créditos anteriores no pierden ejecutabilidad sobre el inmueble afectado, lo cual encuentra su justificación en el hecho de que quienes contratan con su titular han debido computar si dicho inmueble respondería ante un eventual incumplimiento del deudor. La institución del bien de familia no puede convertirse en un instrumento para sorprender a los acreedores, burlando sus legítimas expectativas.

Seguidamente expondré las razones por las cuales considero que están reunidos los requisitos legales para la procedencia de la desafectación del inmueble …

IV. PRUEBA

a) Documental

Acompaño certificado expedido por el Registro de la Propiedad Inmueble de …, con copia del acta de constitución del Bien de Familia, de fecha …

Se acompañan, asimismo, los siguientes documentos que acreditan los hechos expuestos precedentemente …

b) Confesional

Se cite al demandado a absolver posiciones de conformidad al pliego que oportunamente se acompañará.

c) Informativa

Se libre oficio al Registro de la Propiedad Inmueble de … a fin de que   informe sobre las condiciones de dominio del inmueble a desafectar.

d) Testimonial

Se cite a prestar declaración a las siguientes personas …

V. DERECHO

Fundo el derecho que me asiste en los arts. 246 y 255 del CCyC, así como también en la doctrina y jurisprudencia imperante en la materia.

VI. PETITORIO

Por todo lo expuesto a V.S. solicito:

1. Se me tenga por presentado, parte, y por constituido el domicilio procesal.

2. Se tenga por acompañada la prueba documental y por ofrecida la restante.

3. Se confiera el pertinente traslado al demandado de esta acción por el término y bajo apercibimiento de ley.

4.  Oportunamente se dicte sentencia ordenándose la desafectación del inmueble ubicado en … del Régimen de Protección de la Vivienda, con costas.

Proveer de conformidad,

                                                                                    SERÁ JUSTICIA

(firma de la letrada)                                             (firma de la actora)

Compartir en redes:

Novedades

Resolución 077/2025 Consejo Superior del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Tierra del Fuego – Aprobar ad-referéndum de la próxima asamblea extraordinaria de matriculados, la Circular 11 de Adopción de Pronunciamientos Emitidos por el IAASB y el IESBA “MODIFICACIONES DE ALCANCE LIMITADO A LA NIA 700 (REVISADA) Y LA NIA 260 (REVISADA) COMO RESULTADO DE LAS REVISIONES AL CÓDIGO IESBA QUE REQUIEREN QUE UNA FIRMA INFORME PÚBLICAMENTE CUANDO HA APLICADO LOS REQUERIMIENTOS DE INDEPENDENCIA PARA LAS ENTIDADES DE INTERÉS PÚBLICO (EIP)”

Ver más »

Novedades

Nuestro equipo de atención al cliente está aquí para responder a sus preguntas. ¡Pregúntenos cualquier cosa!