El caso de un guardavidas de Carmen de Patagones que demandó a la ART por no considerar su situación de pluriempleo en el cálculo de la indemnización tras una lesión laboral, ha culminado con un fallo favorable para el trabajador. El incidente ocurrió cuando el guardavidas, empleado en el Club Atenas y también en el Colegio Artémides Zatti,(cumple funciones como preceptor) sufrió una caída en la piscina del club que le provocó una grave lesión en la rodilla, diagnosticada como lesión meniscoligamentaria.
Después del accidente, fue atendido y recibió tratamiento durante seis meses antes de ser dado de alta. Sin embargo, la ART no consideró sus ingresos de ambos empleos al calcular la indemnización, lo que llevó al guardavidas a rechazar la evaluación de incapacidad del 11,50% otorgada por la Comisión Médica y la indemnización calculada por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT).
El trabajador decidió iniciar una demanda judicial, argumentando que su situación de pluriempleo no fue adecuadamente considerada. En su defensa, la ART afirmó que la evaluación había sido correcta y que el pluriempleo no debía influir en el cálculo. No obstante, el informe pericial médico confirmó la seriedad de las lesiones y la necesidad de un tratamiento extenso.
La Cámara de Trabajo de Viedma resolvió que la indemnización debía basarse en la totalidad de los ingresos del trabajador, incluyendo ambos empleos, y condenó a la Provincia A.R.T. S.A. a pagar la indemnización correspondiente.