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Disposición 91/2025 AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL – Cuando la Agencia Nacional de Seguridad Vial tome conocimiento de alguno de los supuestos previstos en los artículos 13 inciso “d” y 19 del decreto 779/95 (t.a.), enviará una nota a la jurisdicción otorgante de la licencia de conducir del ciudadano involucrado, conjuntamente con los antecedentes de los extremos invocados y solicitará la suspensión de la misma
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LEY 26363 – TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL – Créase la Agencia Nacional de Seguridad Vial. Funciones. Modificaciones a la Ley 24449. Disposiciones Transitorias
Disposición 893/2025 – MINISTERIO DE ECONOMÍA – SUBSECRETARÍA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y LEALTAD COMERCIAL. Sustitúyese el Artículo 1° de la Resolución Nº 394 de fecha 5 de julio de 2018 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, por el siguiente: “ARTÍCULO 1º.- Créase la figura del “Defensor del Cliente”, con los alcances y modalidades previstos en la presente resolución, pudiendo la misma ser de carácter unipersonal o colegiada, y que tendrá por finalidad que los proveedores atiendan y, en su caso, resuelvan las quejas o reclamos de sus consumidores, relacionados con derechos reconocidos en la Ley 24240 y normas complementarias, en forma simple y expeditiva.”
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Decreto Provincial 2059/23 – Ratifica en todos sus términos el Convenio Unificado de Adhesión al Sistema de Gestión de la Información Estadística sobre Seguridad Vial, registrado bajo el Nro 24270, entre la Agencia Nacional de Seguridad Vial y la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Cuando el agredido se defiende, y cuando el ladrón se defiende. Por Justo Laje Anaya | Cita Digital: Delalenga 18216




