Ante el reclamo de la disolución de la sociedad conyugal iniciado por un sujeto detenido por abuso sexual a integrantes de su familia, la Jueza de primera instancia resolvió rechazar la demanda pretendida y hacer lugar al derecho a recompensa y a la compensación solicitada por la demandada, al considerar que “no resulta menor la circunstancia habitacional en la que se encontró la Sra. M., viéndose emocionalmente afectada, abandonando la vivienda en la que se denunció ocurrieron parte de los abusos sexuales por los que resultara condenado su ex cónyuge y que involucraron a sus nietas. Esta situación ocasionó un claro desequilibrio en la Sra. M., quien ante la relación sostenida a lo largo del matrimonio carecía de información suficiente respecto al giro comercial, disponibilidad de dinero para garantizarse su residencia fuera de aquel lugar en el que por la conducta enrostrada al accionante no podía permanecer, y teniendo que iniciar una nueva dinámica que le permita su sostenimiento y administración de los bienes de manera autónoma, previo conocimiento de la realidad económica de la comunidad. Si bien no desconozco que la Sra. M. posee bienes de su titularidad, que cuenta con posibilidades de cubrir sus necesidades, lo real es que el impacto y gravedad de los hechos que generaran la ruptura, la ubicaron en un lugar que le resultaba desconocido y en posición desventajosa con relación al accionante”.
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