Un fallo de alto impacto volvió a tensionar la agenda ambiental y productiva en la Argentina. Horas después de la entrada en vigencia de la reforma de la Ley de Glaciares tras su publicación en el Boletín Oficial, el Juzgado Federal de Río Gallegos ordenó suspender su aplicación en la provincia de Santa Cruz, en una decisión que ya anticipa un fuerte recorrido judicial.
La medida fue dictada por el juez federal Claudio Marcelo Vázquez, quien hizo lugar a una acción de amparo ambiental promovida por el Concejo Deliberante y la Municipalidad de El Calafate, junto a legisladores provinciales y nacionales. Los actores cuestionaron la constitucionalidad de la reforma y solicitaron, como medida urgente, la suspensión de sus efectos hasta que se resuelva el fondo del conflicto.
En su resolución, el magistrado dispuso la “suspensión de los efectos de la reforma de la Ley 26.639 en el ámbito de la provincia de Santa Cruz” y ordenó al Estado Nacional abstenerse de autorizar o ejecutar actividades que puedan afectar glaciares y el ambiente periglacial. En los hechos, la decisión implica un freno inmediato a cualquier avance administrativo o productivo que pudiera ampararse en la normativa cuestionada.
El núcleo argumental del fallo se apoya en la verificación del “peligro en la demora”, un requisito central para el dictado de medidas cautelares. Según el juez, la eventual habilitación de actividades extractivas en zonas de alta fragilidad ambiental podría generar daños irreversibles o de muy difícil recomposición, lo que justifica una intervención judicial preventiva.
La sentencia también se sustenta en principios estructurales del derecho ambiental. En particular, invoca el artículo 41 de la Constitución Nacional, el principio precautorio —que obliga a actuar ante riesgos graves aun sin certeza científica— y el principio de no regresión, que impide reducir los niveles de protección ambiental ya alcanzados.
Si bien la cautelar tiene alcance territorial limitado a Santa Cruz, su impacto es claramente nacional. La decisión abre la puerta a nuevas presentaciones judiciales en otras provincias y refuerza un escenario de creciente judicialización en torno a la política ambiental. En paralelo, ya se anticiparon apelaciones que podrían llevar el caso a la Cámara Federal e incluso a la Corte Suprema.
El fallo reaviva así una tensión estructural en la Argentina: cómo compatibilizar el desarrollo de actividades productivas —como la minería o la explotación energética— con la preservación de ecosistemas críticos. Por ahora, la Justicia optó por priorizar la prevención del daño ambiental. Pero la discusión de fondo, sobre la validez de la reforma, recién comienza.
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