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Resolución 878/2026 – MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL. Apruébase e impleméntase el “Sistema Integral de Gestión para Personas Privadas de la Libertad de Alto Riesgo” – Mujeres – en el SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL

La Resolución 878/2026 del Ministerio de Seguridad Nacional aprueba e implementa en el Servicio Penitenciario Federal el Sistema Integral de Gestión para Personas Privadas de la Libertad de Alto Riesgo–Mujeres. La medida complementa la Resolución 35/2024, que creó el SIGPPLAR, y adapta sus mecanismos de evaluación, clasificación, separación y supervisión a las necesidades específicas de la población femenina.
El artículo 1 incorpora el nuevo sistema; el artículo 2 faculta al Servicio Penitenciario Federal a disponer personal, infraestructura y tecnología; el artículo 3 ordena elaborar protocolos y manuales en sesenta días; y los artículos 4 y 5 regulan el financiamiento y el monitoreo semestral.
El Anexo I prioriza la identificación de funciones de liderazgo, coordinación o continuidad operativa en organizaciones criminales. Exige evaluaciones interdisciplinarias con perspectiva de género y reevaluaciones semestrales. Excluye a internas gestantes, en período de lactancia o alojadas con hijos menores de cuatro años, cuando no existan otras medidas adecuadas de cuidado. También regula alojamiento, actividades, comunicaciones, visitas de hijos, salud integral, privacidad y tratamiento individual.
El régimen se integra con la Ley 24660, el Decreto 455/2025 y las Reglas Nelson Mandela y de Bangkok. Su aplicación deberá respetar los principios de necesidad, razonabilidad, proporcionalidad, individualización y control judicial.
Versión en lenguaje claro
Tema de la norma

La Resolución 878/2026 crea una modalidad específica del SIGPPLAR para mujeres privadas de la libertad consideradas de alto riesgo dentro del Servicio Penitenciario Federal.


Contexto y finalidad
La medida busca impedir que integrantes de organizaciones criminales continúen dirigiendo actividades ilícitas desde establecimientos penitenciarios. Parte de la experiencia del sistema general aprobado por la Resolución 35/2024.
El nuevo régimen contempla que las mujeres pueden ejercer funciones de liderazgo, administración, logística, transmisión de órdenes o manejo de recursos dentro de esas organizaciones.


Cambios principales
La resolución no reemplaza el sistema anterior. Lo complementa con reglas específicas para la población femenina. Establece evaluaciones criminológicas e interdisciplinarias, perspectiva de género y revisiones semestrales.
Prevé sectores especiales de alojamiento, separación respecto de la población común, actividades adaptadas, atención integral de la salud y capacitación específica del personal. También protege la privacidad durante requisas y videovigilancia.
No pueden incorporarse mujeres embarazadas, en período de lactancia o que convivan con hijos menores de cuatro años cuando no sea posible adoptar otras medidas adecuadas de cuidado.


Impacto práctico
Las internas incorporadas tendrán comunicaciones y visitas sujetas a controles reforzados. Las visitas de contacto con hijos menores podrán autorizarse judicialmente cada quince días, por un máximo de sesenta minutos.
La inclusión deberá fundarse en el riesgo concreto de cada interna. No basta su condición de mujer ni su mera vinculación familiar con una persona investigada.


Conclusión
La resolución extiende el régimen de alto riesgo mediante un tratamiento diferenciado. Su validez práctica dependerá de evaluaciones individualizadas, controles periódicos y medidas proporcionales que respeten la dignidad, la salud, los vínculos familiares y la reinserción social.

ANEXO I

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