Competencia federal para el reclamo de daños y perjuicios basado en la suspensión de vuelos internacionales
Frente a un reclamo a una empresa aérea de los daños y perjuicios ocasionados a raíz de la suspensión de vuelos internacionales como consecuencia de las medidas adoptadas por el Covid-19, que originó que las reclamantes quedaran varadas en otro país durante dos meses y finalmente tuvieran que adquirir nuevos boletos a través de otra compañía, se generó un conflicto negativo de competencia. La Justicia federal rechazó la radicación por interpretar que el supuesto incumplimiento contractual se relacionaba de modo directo con los derechos de los usuarios del transporte aerocomercial y de los consumidores en general y la justicia nacional en lo comercial tampoco la aceptó por considerar que la ley 13.998 establece la competencia civil y comercial federal para las causas que versen sobre hechos, actos y contratos concernientes al derecho aeronáutico. La Corte atribuyó la competencia al fuero federal, al que le incumbe el juzgamiento de los asuntos relacionados principalmente con el servicio de transporte aéreo comercial, entendido como la serie de actos destinados al traslado en aeronave de personas o de cosas, de un aeródromo a otro, y sujetas a los preceptos del Código Aeronáutico, su reglamentación y las disposiciones operativas de la autoridad aeronáutica.
Te puede interesar:
- CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN
- CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA
- LEY 24240 – DEFENSA DEL CONSUMIDOR
Contenido exclusivo para miembros
Inicia sesion o adquiri una membresia para ver este PDF.
Post Relacionados:
Sistemas de Control Constitucional Preventivos y Abstractos en Austria, Alemania, Italia, Francia, España, México, Colombia, Perú y Brasil. Por Sergio Alberto Pepe y Lucas Enrique Berber | Cita Digital: Delalenga 34929
Resolución 3/2025 – REGISTRO NACIONAL DE ARMAS. Apruébase la implementación del trámite digital denominado “CLU DIGITAL”, para acceder a la condición de legítimo usuario de armas de fuego de uso civil, uso civil condicional y materiales de usos especiales, en el marco del Plan de Transformación Digital Integral del REGISTRO NACIONAL DE ARMAS (RENAR)
LEY 21947 – APRUEBA EL CONVENIO SOBRE PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN DEL MAR POR VERTIMIENTO DE DESECHOS Y OTRAS MATERIAS, ABIERTO A LA FIRMA EL DÍA 29 DE DICIEMBRE DE 1972 EN LAS CIUDADES DE LONDRES, MÉXICO, MOSCÚ Y WASHINGTON
La Corte Revoca la Caducidad en Caso de Accidente Fatal, Cita la Omisión de Protección a los Derechos del Niño
Alcapan, José Isaac y otro c/García Ferreira, Rocío A. y otro s/daños y perjuicios por uso autom. c/lesión o muerte | Cita Digital: Delalenga 26440
“R., C. R. y otro c/Aerovias del Continente Americano SA s/ordinario” | Cita Digital: Delalenga 96842




