(Indique nombre de la parte actora y DNI), por derecho propio, con domicilio real en (Indique el domicilio), con el patrocinio letrado del Dr./a. (Indique datos del abogado), Tel.: (Indique el teléfono), correo electrónico: (Indique correo electrónico) y constituyendo el legal en (Indique el domicilio constituido), zona de notificación (Indique número de zona), a V.S. me presento y respetuosamente digo:
I. OBJETO:
En los términos del artículo 43 de la Constitución Nacional y la ley 16986, vengo a interponer formal acción de amparo contra (Indicar datos del/los demandado/os) como consecuencia de la arbitraria, intempestiva e irracional decisión de la obra social de no cubrir de forma integral y completa la realización (Indicar estudio o tratamiento a realizar) violando de esta forma mis supremos derechos constitucionales a la vida y a salud. Por ello solicito se haga lugar a la acción impetrada de forma urgente, sin perjuicio de la medida cautelar solicitada en el punto III, con costas y en virtud de la razones de hecho y derecho que en adelante expondré.
II. HECHOS:
En fecha (Indicar fecha -dd/mm/aaaa-) siendo aproximadamente las (Indicar hora), concurrí a la sala de auxilio (Indicar datos de la sala -nombre, domicilio-) a causa de fuertes dolores estomacales. Allí me atendió el/la Dr./a. (Indicar nombre de médico) quien me indicó la realización de una serie de estudios.
El día (Indicar fecha -dd/mm/aaaa-) me realicé los estudios indicados de los cuales surgió que sufría (Indicar patología o enfermedad). Atento los resultados, y la gravedad del diagnostico, se me indicó realizar una serie de estudios, tratamiento y medicación relacionados con la dolencia. A saber: (detallar diagnóstico y tratamiento).
El día (Indicar fecha -dd/mm/aaaa-) concurrí a (Indicar datos de la obra social) a los efectos de solicitar la cobertura integral del tratamiento y la medicación. A tales fines se inició el respectivo expediente de excepción que lleva el registro N° (Indicar datos de expediente). En ese momento presenté todos los informes y certificados que indicaban la conveniencia del tratamiento indicado. Ante la falta de respuesta inmediata y el agravamiento de mi estado general de salud concurrí personalmente con mi letrado/a para efectuar el reclamo ante la Auditoría del Instituto que se encuentra en la sede (Indicar sede) del mismo, para obtener la autorización sin esperar el resultado del trámite administrativo y, nuevamente, no obtuve respuesta.
Finalmente en fecha (Indicar fecha) fui notificado del rechazo del pedido en el expediente de excepción iniciado, lo que determinó el inicio de la presente acción urgente de amparo para obtener la cobertura de la prestación. Destacó que el procedimiento indicado permite mejorar la calidad de vida del paciente y que más allá de que deba esperarse un tiempo para saber si el tratamiento dio el resultado esperado, se viene realizando en el país desde el año 2009. Consideró que la situación reseñada configura un actuar arbitrario e irracional del demandado al negarme la cobertura integral de los tratamientos médicos garantizada por ley, lo que pone en riesgo mi salud y bienestar físico y mental.
El planteo de esta acción constituye la única forma de poner remedio al manifiesto obrar arbitrario de la que resulto víctima y vulnera mi derecho al disfrute del más alto nivel de salud física y mental, toda vez que el tratamiento que se me ha ordenado es imprescindible para que no se vea agravado aún más mi estado de salud.
III. MEDIDA CAUTELAR:
En virtud de lo reseñado ut supra, y lo regulado en el artículo 195 y cctes. del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, solicito como medida cautelar se ordene la inmediata cobertura integral y gratuita del tratamiento, según las pautas establecidas por la especialista en los certificados acompañados, y los medicamentos allí indicados.
El peligro en la demora surge de forma clara atento a la gravedad de la enfermedad diagnosticada y el constante y paulatino deterioro mi salud, todo lo cual surge de las constancias documentales acompañadas con la presente.
La verosimilitud en el derecho también es palmaria a raíz de que los derechos a la vida y a la salud son derechos con jerarquía constitucional:
“No obstante los derechos que pudieran asistir al organismo demandado, y que podrán hacerse valer en las oportunidades procesales pertinentes durante la tramitación del amparo, en el caso, sin dudas resulta imperativo dictar una decisión que impida perjuicios irreparables a la salud de la amparista, teniendo en cuenta que los daños que a aquel pudieran irrogarse como consecuencia de lo decidido resultan susceptiblemente menores que los que derivarían de denegar la petición.” (Vázquez, Mirta Isabel c/Instituto Provincial de Salud de Salta s/amparo – Cám. Civ. y Com. Salta – Sala I – 5/2/2013).
IV. PRUEBA:
Como prueba que hace a mi derecho se ofrecen las siguientes medidas:
a) CONFESIONAL: Se cite a los demandados, bajo apercibimiento de ley, a fin de absolver posiciones a tenor del pliego que oportunamente se acompañará.
b) INSTRUMENTAL: Consistente en la documentación acompañada a saber: (Indicar documentación acompañada).
c) TESTIMONIAL: Se cite a prestar declaración testimonial a las siguientes personas:
– (Indique nombre, DNI, edad, domicilio y profesión de los testigos ofrecidos)
d) INFORMATIVA: Se libren oficios a (Indicar persona u organismo al que se oficiará y domicilio) a fin de que se expida sobre (Indicar objeto de la prueba).
e) PERICIAL MÉDICA: Se designe por el Juzgado perito médico de oficio, en este caso PERITO MEDICO (Indicar especialidad) a fin de que se expidan sobre los siguientes puntos de acuerdo a su especialidad y en base a los exámenes, estudios e interconsultas que pudieran corresponder:
1) Si un paciente como el actor puede llegar a necesitar los tratamientos de urgencia y los medicamentos solicitados en virtud de su diagnostico (Indicar diagnostico), a cuyo fin se ordenará realizar los exámenes pertinentes y se tendrá en cuenta la Historia Clínica y los resultados de los exámenes realizados oportunamente que desde ya deberán ser puestos a disposición del experto.
2) Todo otro punto de interés a criterio del experto que en cada caso se expida al respecto.
VI. DERECHO:
Fundo mi derecho en el artículo 43 de Constitución Nacional, la Convención Interamericana de Derechos Humanos y demás Tratados con jerarquía constitucional, la ley 16986 y el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
VII. JURISPRUDENCIA:
Sobre el tema se ha dicho:
“La vía del amparo elegida por la actora reúne todos los extremos para su procedencia, puesto que la negativa del demandado de cobertura del tratamiento médico necesario para la afiliada restringe su derecho a la salud y a la vida misma, derechos amparados en la Constitución Nacional y Tratados Internacionales protegidos en ella” (R., S. J. c/INSSJP s/amparo – Juzg. Fed. San Martín – Nº 2 – 20/5/2013).
“La circunstancia de que la medicación o tratamiento requerido no esté incluido en el Programa Médico Obligatorio no constituye un impedimento para que sea cubierto por el demandado, ya que el detalle contenido en el denominado programa constituye el límite inferior del universo de prestaciones exigibles por los afiliados a las obras sociales y a las entidades que prestan servicios de medicina prepaga, mas no necesariamente su tope máximo” (R., S. J. c/INSSJP s/amparo – Juzg. Fed. San Martín – Nº 2 – 20/5/2013).
VIII. PETITORIO:
a) Se me tenga por presentado, por parte en el carácter invocado y por constituido el domicilio legal en el indicado.
b) Se haga lugar a la medida cautelar solicitada y se ordene la inmediata cobertura integral y gratuita, según las pautas indicadas por la especialista en los certificados acompañados, del tratamiento y los medicamentos allí indicados.
c) Se corra traslado de la presente demanda por el término y bajo apercibimiento de ley.
d) Se agregue la documentación acompañada y se proceda a la reserva en la Caja Fuerte del Juzgado de los originales previa certificación por el Actuario de las fotocopias que a tal fin se acompañan.
e) Se tenga por ofrecida la restante prueba, proveyendo su producción.
f) Oportunamente se dicte sentencia, haciendo lugar a la acción de amparo en todas sus partes, condenando a la demandada a cubrir gratuita y de forma integral el tratamiento y los medicamentos solicitados.
PROVEER DE CONFORMIDAD,
SERÁ JUSTICIA.
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