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De la Lenga

LEY 1590 – Adhiere la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur a la Ley nacional 27713, que tiene por objeto garantizar que todas las personas con cardiopatías congénitas tengan el derecho a todas las instancias de detección y tratamiento correspondientes en cada etapa vital. Asimismo, que todas las mujeres embarazadas y/o personas gestantes tengan el derecho a un control prenatal que incluya la detección precoz de cardiopatías congénitas, garantizando, si correspondiera, el traslado intrauterino

La Ley 1590 dispone la adhesión de la Provincia de Tierra del Fuego a la Ley nacional 27.713, incorporando al ordenamiento local un régimen integral destinado a garantizar la detección, diagnóstico y tratamiento de las cardiopatías congénitas en todas las etapas de la vida, con especial énfasis en el control prenatal . En este marco, la norma no solo adopta el esquema nacional sino que lo complementa mediante la creación de un Programa Provincial de Cardiopatías Congénitas, asignando al Ministerio de Salud la coordinación del sistema, la articulación con la red nacional y la organización de registros sobre capacidades instaladas y tipos de patologías.

El articulado impone obligaciones concretas, como la realización obligatoria de ecografías con evaluación cardíaca fetal entre las semanas 18 y 24 de gestación, la garantía de derivación oportuna y traslado adecuado en casos sospechosos, y el acceso a medicamentos esenciales, consolidando un modelo de atención integral y escalonado. Asimismo, establece instancias de capacitación permanente para profesionales y acciones de concientización pública, incluyendo la institucionalización del Día Mundial de las Cardiopatías Congénitas.

La norma modifica el régimen previo al derogar la Ley provincial 1366, sustituyéndola por un sistema más amplio y articulado con estándares nacionales, lo que implica una mejora en cobertura, coordinación y calidad de atención. Desde una perspectiva crítica, fortalece el enfoque preventivo y la integración federal del sistema de salud, aunque su eficacia dependerá de la capacidad operativa y presupuestaria para sostener las prestaciones y la red de derivaciones.

DEROGA A

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LEY 1590 – Adhiere la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur a la Ley nacional 27713, que tiene por objeto garantizar que todas las personas con cardiopatías congénitas tengan el derecho a todas las instancias de detección y tratamiento correspondientes en cada etapa vital. Asimismo, que todas las mujeres embarazadas y/o personas gestantes tengan el derecho a un control prenatal que incluya la detección precoz de cardiopatías congénitas, garantizando, si correspondiera, el traslado intrauterino

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