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De la Lenga

DICTAMEN FISCALÍA DE ESTADO 10/2026 “RECAUDOS PROCEDIMENTALES PARA LA PROMOCIÓN DE AGENTES DE POLICÍA”

La Fiscalía de Estado de la Provincia de Tierra del Fuego emitió el Dictamen F.E.10/26 el 31 de julio de 2026, en el expediente 39/26, “S/Presuntas irregularidades en la promoción de agentes de policía”.

La intervención fiscalizadora se originó en presentaciones de agentes de la Promoción 41, quienes cuestionaron el Decreto Provincial 391/26 por ascender excepcionalmente a integrantes de la Promoción 42, pese a su menor antigüedad.

Alegaron desigualdad, alteración de la jerarquía y omisión del procedimiento legal. Los informes 381/2026-D.G.R.H. y D.A.L.P.P. 037/2026 corroboraron las diferencias escalafonarias y la falta de intervención de la Junta Permanente de Calificaciones y del Jefe de Policía. El organismo examinó las leyes provinciales 735 y 834, el Decreto Reglamentario 2657/08 y la Constitución provincial. También consideró los principios constitucionales de igualdad, razonabilidad, idoneidad, estabilidad y carrera administrativa.

Con apoyo en precedentes de la Corte Suprema sobre disciplina, subordinación jerárquica y criterios técnicos en los ascensos policiales, reconoció que el Poder Ejecutivo posee discrecionalidad para corregir desigualdades derivadas de una transición normativa. Sin embargo, señaló que esa potestad no permite omitir las intervenciones legalmente obligatorias.

Por ello, exhortó al gobernador a subsanar el procedimiento y evaluar la situación de la Promoción 41, considerando además las consecuencias técnicas, funcionales y presupuestarias. Aclaró que el ascenso constituye una expectativa condicionada, no un derecho adquirido.

Versión en lenguaje claro

Tema del dictamen

Fiscalía de Estado analizó los ascensos excepcionales otorgados a un grupo de sargentos de la Policía provincial mediante el Decreto 391/26.

Cómo se originó la intervención

Agentes de la Promoción 41 denunciaron que habían sido excluidos. Señalaron que tenían mayor antigüedad que los integrantes de la Promoción 42 beneficiados.

Los informes policiales confirmaron la diferencia jerárquica y la omisión de intervenciones técnicas.

Qué problema jurídico se analizó

Se examinó si el Poder Ejecutivo podía disponer ascensos excepcionales sin intervención de la Junta de Calificaciones y del Jefe de Policía.

También se analizó si la exclusión de agentes más antiguos afectó la igualdad, la jerarquía y la carrera policial.

Qué sostuvo Fiscalía de Estado

El Poder Ejecutivo puede adoptar medidas excepcionales para corregir desigualdades producidas por cambios legales. Sin embargo, debe respetar el procedimiento establecido por las leyes 735 y 834 y el Decreto 2657/08.

La discrecionalidad administrativa no autoriza a prescindir de controles técnicos obligatorios.

Qué debe hacer la Administración

Debe incorporar la intervención de la Junta y del Jefe de Policía. Luego podrá ratificar, confirmar o complementar los ascensos.

También deberá evaluar individualmente los reclamos de la Promoción 41.

Impacto práctico

Los ascensos otorgados no fueron anulados. El dictamen propone regularizar el procedimiento y evitar nuevas alteraciones de la escala jerárquica.

Los reclamantes no poseen un ascenso automático. Tienen una expectativa sujeta a requisitos legales, necesidades del servicio y disponibilidad presupuestaria.

Conclusión

La finalidad del decreto fue considerada legítima, pero su procedimiento resultó incompleto. La Resolución F.E. 57/26 cerró las actuaciones y ordenó comunicar y publicar el dictamen.

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