La Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial de Buenos Aires, en la causa “Pedicone, Raúl Andrés c/ Condimentos Americanos S.A. s/ beneficio de litigar sin gastos”, declaró extinguida la acción iniciada por el actor debido a su fallecimiento y consideró abstracta la apelación de la demandada.
El beneficio había sido concedido en primera instancia para afrontar los gastos derivados de un juicio ejecutivo en el que se rechazó la demanda promovida por Pedicone y se le impusieron las costas. Condimentos Americanos S.A. apeló esa decisión y el actor respondió el recurso.
Durante la tramitación, la Cámara constató que Pedicone había fallecido el 13 de mayo de 2025, después del rechazo firme de la demanda ejecutiva, del otorgamiento aún no firme del beneficio y de la contestación del recurso.
El tribunal explicó que el beneficio de litigar sin gastos es una franquicia personal, destinada a garantizar el acceso a la justicia de quien carece de recursos suficientes. Esa condición económica es inseparable de la persona que la invoca y no puede transmitirse a sus herederos, cuya situación patrimonial podría ser diferente.
Por ello, declaró extinguida la acción promovida por Pedicone y señaló que sus sucesores podrán continuar el juicio principal, pero deberán iniciar un nuevo incidente si pretenden obtener el beneficio. En consecuencia, la apelación de la demandada quedó sin objeto.
La Sala impuso las costas por su orden y ordenó al juzgado de origen citar a los herederos del actor. La decisión fue unánime, con las firmas de Pablo D. Heredia, Ernesto Lucchelli y Eduardo R. Machin.
Versión en lenguaje claro
Tema del caso
La Cámara debía revisar una decisión que había permitido a Raúl Andrés Pedicone litigar sin pagar anticipadamente ciertos gastos judiciales.
Este beneficio se concede a quienes demuestran que no cuentan con recursos suficientes para afrontar un proceso.
Antecedentes
Pedicone había iniciado un juicio ejecutivo contra Condimentos Americanos S.A. Su demanda fue rechazada y se le impusieron las costas.
En otro expediente pidió el beneficio de litigar sin gastos. El juzgado se lo concedió, pero la empresa apeló.
Mientras el recurso estaba pendiente, la Cámara comprobó que Pedicone había fallecido el 13 de mayo de 2025.
Decisión final
La Cámara declaró extinguida la solicitud del beneficio. Explicó que se trata de un derecho personal, basado en la situación económica concreta de quien lo pide.
Por esa razón, el beneficio no puede pasar automáticamente a los herederos. Ellos pueden continuar el juicio principal, pero deberán iniciar un nuevo pedido y demostrar que tampoco cuentan con medios suficientes.
Como la acción se extinguió, la Cámara consideró innecesario resolver la apelación de la empresa. También dispuso que cada parte afrontara sus propios gastos y ordenó citar a los herederos.
Conclusión
La muerte del solicitante no impide que sus herederos continúen el juicio principal. Sin embargo, no les transmite el beneficio de litigar sin gastos.
La decisión fue adoptada por unanimidad.
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