El Tribunal determina que la expulsión de la delegada María Andrea Gamiz no respetó las disposiciones estatutarias ni garantizó su derecho a la defensa.
La Señora María Andrea Gamiz, empleada de Solnik S.A. y ex delegada sindical, logró una victoria en su lucha contra la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina, Seccional Río Grande, cuando un tribunal dictó una medida cautelar suspendiendo las elecciones sindicales y restableciendo su afiliación al sindicato.
Gamiz, quien lleva trabajando en Solnik S.A desde noviembre de 2012 y había sido elegida como delegada sindical en dos ocasiones, fue notificada de su baja en el sindicato el 28 de noviembre de 2022.
La actora argumentó que la expulsión fue injustificada y no se le permitió ejercer su derecho a la defensa. Además, denunció discriminación y persecución debido a su participación en una lista opositora en el sindicato.
En respuesta, la Unión Obrera Metalúrgica alegó que la expulsión se debió a conductas perjudiciales y violaciones de las obligaciones estatutarias por parte de Gamiz, negando haber actuado de manera discriminatoria o persecutoria.
El Tribunal, al evaluar el caso, decidió que los artículos 59 y 60 de la Ley 23.551, que limitan la competencia en cuestiones de conflicto intrasindical, no aplican en este caso. En cambio, se aplica el artículo 47 de la misma ley, que permite una medida excepcional para garantizar los principios y derechos sindicales cuando la demora puede perjudicar gravemente la democracia interna del sindicato.
El juez citó instrumentos internacionales y nacionales que protegen los derechos sindicales, incluyendo el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y el Convenio N° 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
La sentencia concluye que el procedimiento de expulsión realizado por el sindicato no cumplió con las disposiciones de su propio estatuto, afectando el derecho fundamental de defensa de Gamiz. Se destacó que la comunicación enviada a Gamiz no describía claramente los hechos imputados ni las normas violadas, y que no se le dio la oportunidad de presentar descargos ni participar de manera efectiva en el proceso.
Por estas razones, consideró inválida la expulsión de María Andrea Gamiz y haciendo “Especial hincapié” en las irregularidades internas, en lo que al “Procedimiento” refiere por parte de la Asociación Sindical, reconoció la vulneración de su derecho de defensa. Además, se suspendieron los comicios para la elección de delegados sindicales en Solnik hasta que se dicte una sentencia definitiva y se prorrogaron los mandatos vigentes.
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