Ushuaia, Tierra del Fuego Lun–Vie: 10–13 hs y 16–20:30 hs · Sáb: 10–13 hs
De la Lenga

“Pérez, Ercilia c/Celentano, Antonio Javier y Fondo Residual Ley 478 s/ordinario” | Cita Digital: Delalenga 19369

VOCES:

Se mantiene el fallo en cuanto tuvo por extinguida la deuda, pues el mutuo tomado por la actora no tenía en sus orígenes establecido interés alguno y al modificarse unilateralmente, a partir del año 1991, el crédito de la accionante con la inclusión de intereses en base al sistema Francés, se perjudicó ostensiblemente al tomador del crédito.

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