Ushuaia, Tierra del Fuego Lun–Vie: 10–13 hs y 16–20:30 hs · Sáb: 10–13 hs
De la Lenga

Soluciones en Crédito Laboral y Concursos

La Sala B de la Cámara Comercial se centró en el análisis de los créditos laborales en la causa Uga Seismic SA S/Concurso Preventivo s/Incidente de Revisión , rechazando la apelación interpuesta por la empresa concursada. La disputa giró en torno a la aplicación del artículo 247 de la Ley de Contrato de Trabajo (20.744), que contempla una reducción excepcional y restrictiva de las indemnizaciones por despido, condicionada a la demostración de una fuerza mayor no atribuible al empleador.

El tribunal sostuvo que la mencionada reducción solo es viable en escenarios concursales si se evidencia de manera irrefutable que el empleador enfrenta una situación de fuerza mayor que le impide continuar con el vínculo laboral. Esta fuerza mayor debe ser una circunstancia externa, imprevista o inevitable, que haga absolutamente imposible la continuidad del empleo, distinguiéndose claramente de la mera dificultad o onerosidad económica.

En este contexto, se subraya que la simple retracción económica, las dificultades financieras o incluso las huelgas no se consideran como causales válidas para aplicar la indemnización reducida, pues son riesgos inherentes a cualquier actividad empresarial. La jurisprudencia exige que la falta o disminución del trabajo sea significativa, no atribuible al empleador, y que las circunstancias que conduzcan a la terminación del contrato no estén relacionadas con el riesgo empresarial propio, asegurando además que el empleador haya actuado con la debida diligencia.

SEGUIR LEYENDO

Compartir en redes:

Novedades

Resolución 077/2025 Consejo Superior del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Tierra del Fuego – Aprobar ad-referéndum de la próxima asamblea extraordinaria de matriculados, la Circular 11 de Adopción de Pronunciamientos Emitidos por el IAASB y el IESBA “MODIFICACIONES DE ALCANCE LIMITADO A LA NIA 700 (REVISADA) Y LA NIA 260 (REVISADA) COMO RESULTADO DE LAS REVISIONES AL CÓDIGO IESBA QUE REQUIEREN QUE UNA FIRMA INFORME PÚBLICAMENTE CUANDO HA APLICADO LOS REQUERIMIENTOS DE INDEPENDENCIA PARA LAS ENTIDADES DE INTERÉS PÚBLICO (EIP)”

Ver más »

Novedades

Resolución 077/2025 Consejo Superior del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Tierra del Fuego – Aprobar ad-referéndum de la próxima asamblea extraordinaria de matriculados, la Circular 11 de Adopción de Pronunciamientos Emitidos por el IAASB y el IESBA “MODIFICACIONES DE ALCANCE LIMITADO A LA NIA 700 (REVISADA) Y LA NIA 260 (REVISADA) COMO RESULTADO DE LAS REVISIONES AL CÓDIGO IESBA QUE REQUIEREN QUE UNA FIRMA INFORME PÚBLICAMENTE CUANDO HA APLICADO LOS REQUERIMIENTOS DE INDEPENDENCIA PARA LAS ENTIDADES DE INTERÉS PÚBLICO (EIP)”

Ver más »
Nuestro equipo de atención al cliente está aquí para responder a sus preguntas. ¡Pregúntenos cualquier cosa!