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LEY 20744 – Régimen de Contrato de Trabajo

MODIFICADA POR

Reforma del régimen laboral que redefine la relación de trabajo y flexibiliza sus reglas estructurales.

La Ley de Contrato de Trabajo 20744 constituye el eje estructural del derecho laboral argentino, regulando la relación de trabajo desde una lógica protectoria fundada en el art. 14 bis de la Constitución Nacional, los principios de justicia social y la primacía de la realidad. Establece un sistema de fuentes (ley, convenios colectivos, voluntad de partes y usos) y consagra principios rectores como irrenunciabilidad, continuidad del vínculo y norma más favorable . Su finalidad histórica ha sido equilibrar la desigualdad estructural entre trabajador y empleador, configurando un orden público laboral de carácter imperativo.

La Ley 27802 introduce una reforma integral orientada a la modernización del régimen, modificando numerosos artículos de la LCT y redefiniendo conceptos centrales . Entre las principales innovaciones se destacan: la redefinición del ámbito de aplicación excluyendo expresamente nuevas formas de trabajo independiente y de plataformas; la reformulación del concepto de trabajo y contrato bajo una lógica más económica; la limitación de la presunción de laboralidad (art. 23) cuando medien facturación o contratación autónoma; la flexibilización del principio protectorio (art. 9) al eliminar la regla probatoria favorable; y la redefinición de la responsabilidad solidaria en casos de subcontratación y grupos económicos, restringiéndola a supuestos de fraude.

Asimismo, la reforma introduce herramientas de flexibilidad empresarial, como la ampliación de facultades de organización (art. 66), la validación de sistemas de jornada más dinámicos (banco de horas), la digitalización registral (art. 52) y la incorporación de beneficios no remunerativos (art. 103 bis), alineando el régimen con nuevas formas de producción. También regula con mayor precisión la intermediación laboral, los contratos eventuales y el trabajo a tiempo parcial, buscando mayor previsibilidad para el empleador.

Desde una perspectiva sistémica, la norma se articula con el Código Civil y Comercial (en materia de contratos), la Ley 27742 (trabajadores independientes), la Ley 24241 (seguridad social) y el sistema de convenios colectivos, evidenciando una reconfiguración del derecho del trabajo hacia un modelo mixto, menos rígido y más orientado al mercado.

Críticamente, la reforma implica un desplazamiento del paradigma protector hacia uno de flexibilización regulada, reduciendo presunciones a favor del trabajador y limitando la responsabilidad empresaria. Si bien mejora la seguridad jurídica y promueve la formalización en contextos económicos dinámicos, también puede generar mayor litigiosidad en la delimitación entre trabajo dependiente e independiente y debilitar garantías tradicionales del trabajador frente a estructuras empresariales complejas.

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