La Sala I de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Mercedes, en autos “D. M. C. c/ C. D. J. R. s/ incidente fijación canon locativo”, confirmó la procedencia de un canon locativo a favor de la actora por el uso exclusivo del inmueble que fuera sede del hogar conyugal.
La causa se originó cuando la actora, tras retirarse del domicilio conyugal junto a su hija por situaciones de violencia, reclamó una compensación económica al demandado, quien continuó ocupando en forma exclusiva la vivienda. Sostuvo que el bien era ganancial y de titularidad compartida. El demandado, en cambio, negó esa condición, alegando que se trataba de un bien propio adquirido antes del matrimonio mediante boleto de compraventa.
En primera instancia se hizo lugar al reclamo, fijando un canon locativo con distintos tramos y mecanismos de actualización. La decisión fue apelada, cuestionándose tanto la legitimación de la actora como la naturaleza del inmueble y el criterio de cuantificación.
La Cámara rechazó los agravios. Consideró acreditado el uso exclusivo del bien por el demandado y sostuvo que ello habilita la fijación de una renta compensatoria, aun sin atribución judicial previa de la vivienda. Destacó que el boleto de compraventa no acredita dominio y no logra desvirtuar la presunción de ganancialidad, reforzada por la escritura de regularización dominial a nombre de ambos cónyuges.
Asimismo, convalidó la fecha de inicio del canon desde la notificación del reclamo, el esquema de montos por períodos y los mecanismos de actualización e intereses, por considerarlos razonables frente al contexto económico.
La decisión fue adoptada por unanimidad de los jueces Ibarlucía y Rossello, quienes confirmaron íntegramente la sentencia apelada, con costas al demandado vencido.
Versión en lenguaje claro
Tema del caso
Un ex cónyuge reclama una compensación por no poder usar la vivienda que el otro ocupa solo.
Antecedentes
La mujer se fue del hogar conyugal con su hija. El hombre quedó viviendo allí.
Ella pidió un canon locativo. Sostuvo que la casa era de ambos.
El demandado dijo que el inmueble era propio porque lo había comprado antes del matrimonio.
El juzgado le dio la razón a la actora y fijó un monto mensual con actualizaciones.
Decisión final
La Cámara confirmó el fallo.
Dijo que usar en forma exclusiva una vivienda compartida genera el deber de pagar.
Aclaró que el boleto de compraventa no prueba propiedad.
También validó los montos, las actualizaciones y los intereses.
Las costas quedaron a cargo del demandado.
Conclusión
Si uno de los ex cónyuges usa solo la vivienda común, debe compensar al otro.
El reclamo empieza a correr desde que se pide formalmente.
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