Se declara inadmisible el recurso extraordinario de inaplicabilidad de la ley y se confirma la sentencia que había hecho lugar a la acción revocatoria de una donación con reserva de usufructo otorgada por la actora en favor de su hija, por las causales de ingratitud de la donataria por injurias graves en la persona y honor de la donante, teniendo en cuenta que las denuncias recíprocas y la generación de causas penales comprobaban los hechos de agresiones verbales y físicas que importan falta de afecto, trato desconsiderado, ofensas y reproches reiterados de parte de la hija hacia su madre, lo que revelaba una situación que excedía una mera desavenencia ocasional y -por el contrario- conformaba un maltrato sistemático, contrario al respeto que se deben especialmente padres e hijos.
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