Cámara revoca sentencia de prescripción y establece plazo de tres años conforme al Código Civil y Comercial

La Sala II de la Cámara Civil y  Comercial Federal se expidió en una acción por daños y perjuicios, el tribunal revocando una decisión de primera instancia que había declarado prescrita la acción contra el Correo Oficial Argentino. La revocación se basó en la interpretación del plazo de prescripción aplicable.

Los magistrados, por mayoría, determinaron que el plazo pertinente era de tres años según el Código Civil y Comercial, en contraposición al plazo de un año establecido por la Ley de Telégrafos Nacionales. La decisión se fundamentó en la necesidad de aplicar una interpretación restrictiva en favor del consumidor, siguiendo el principio in dubio pro consumidor.

Compartir:
Nuestro equipo de atención al cliente está aquí para responder a sus preguntas. ¡Pregúntenos cualquier cosa!