El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chubut, Sala Civil, con sede en la ciudad de Rawson, en autos “Soto, Susana c/ Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. s/ accidente de trabajo (sistémico)”, resolvió un recurso de casación interpuesto por la ART demandada.
La trabajadora promovió una acción sistémica en el marco de la Ley de Riesgos del Trabajo (LRT), reclamando prestaciones dinerarias e incluyendo un rubro por daño punitivo con fundamento en la Ley de Defensa del Consumidor. En primera instancia se hizo lugar a la demanda, condenando a la ART al pago de la indemnización por incapacidad y una multa civil. La Cámara confirmó sustancialmente la decisión, lo que motivó el recurso de casación de la aseguradora.
El Tribunal analizó si correspondía aplicar el régimen de consumo —en particular, la multa del art. 52 bis LDC— dentro de una acción sistémica de la LRT. Con remisión a su precedente “Ubilla”, sostuvo que el sistema de riesgos del trabajo es un régimen especial, tarifado y excluyente, que no admite la acumulación con otros sistemas de responsabilidad. En ese marco, consideró arbitraria la aplicación de la normativa consumeril.
La decisión fue adoptada por mayoría, con votos coincidentes de los ministros Napolitani, Raidan, Banfi Saavedra, Giacomone y Bustos, mientras que Vivas se abstuvo. El Tribunal resolvió hacer lugar parcialmente al recurso, casar la sentencia de cámara y revocar la multa por daño punitivo, manteniendo el resto de las condenas y la imposición de costas en las instancias anteriores.
Versión en lenguaje claro
Tema del caso
Se discute si puede aplicarse una multa de la ley de consumo en un juicio laboral contra una ART.
Antecedentes
Una trabajadora inició un reclamo por accidente laboral bajo el sistema de la LRT. El juez de primera instancia le reconoció una indemnización y además una multa por daño punitivo. La Cámara confirmó en gran parte esa decisión.
Decisión final
El Superior Tribunal revocó la multa. Explicó que la LRT es un sistema especial, con reglas propias y montos fijados por ley. Este sistema no permite sumar otros regímenes, como el de defensa del consumidor. La indemnización se mantiene, pero sin sanción adicional.
Conclusión
En reclamos laborales dentro de la LRT no se pueden agregar multas de otras leyes. El trabajador debe elegir el sistema aplicable, sin mezclar distintos regímenes de responsabilidad.
Post Relacionados:
Voto de mayoría rechaza daño punitivo en accidente con secuela psicológica
Robo de identidad: un banco deberá indemnizar a una clienta por daño moral y punitivo
Incumplimiento de oferta: además de entregarle el producto, deberá abonar $250.000 por daño punitivo
Criterios prácticos para la aplicación del Daño Punitivo en el Derecho argentino – Ley de Defensa del Consumidor y Ley de Defensa de la Competencia. Por Bertazzi, Juan Carlos, Ocaña Marcia Daniela y Matus María Cristina | Cita Digital: Delalenga 18331
Confirman condena al banco por liquidar fondos que no correspondían al sucesorio y rechazan el daño punitivo
Confirman condena al Banco Ciudad por falla en cajero automático y elevan el daño punitivo



