En el artículo “Crónica de una muerte anunciada: sobre la redundancia de la Cédula Electrónica en el Expediente Electrónico”, Francisco Cappellotti sostiene que la persistencia del uso de cédulas electrónicas dentro del sistema de expediente electrónico carece de justificación práctica y funcional. El núcleo argumental del texto radica en demostrar que la mecánica de notificación basada en la confección y confrontación de cédulas resulta innecesaria ya que hoy en día las resoluciones judiciales son inmediatamente accesibles para las partes a través del expediente digital y el domicilio electrónico. En este sentido, propone sustituir el término de la “cédula electrónica” por la de “notificación en domicilio electrónico”, donde se propone que el propio sistema envíe la resolución del juzgado al domicilio electrónico de las partes para que así quede perfeccionada la notificación. La posición del autor respecto de la doctrina judicial se inscribe dentro del enfoque evolutivo del derecho.
Cappellotti fundamenta su propuesta en la experiencia derivada de la Acordada 27/20 del Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego, que introdujo el expediente electrónico y redefinió la notificación mediante cédula electrónica sin que mediara una modificación del código procesal. Asimismo, como otra solución expeditiva a los fines de ejecutar tal premisa, cita como antecedente normativo la Ley Nacional 26685, donde el Congreso Nacional delegó en la Corte Suprema de Justicia de la Nación la reglamentación del expediente digital. El autor plantea que una nueva reinterpretación, ya sea vía acordada o mediante delegación normativa de la Legislatura provincial al Superior Tribunal, permitiría implementar de forma inmediata un sistema más eficiente y acorde con los principios de celeridad y eficacia procesal. La propuesta busca modernizar el proceso notificatorio eliminando un mecanismo burocrático que hoy resulta obsoleto frente a las posibilidades tecnológicas del sistema judicial actual.
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Crónica de una muerte anunciada: sobre la redundancia de la Cédula Electrónica en el Expediente Electrónico
