En el caso “Molina Aldo Andrés s/recurso de queja” el Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de Mercedes había declarado inadmisible por extemporáneo el recurso de casación contra la condena a 12 años de prisión. La defensa acudió mediante queja a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y planteó que las anteriores instancias tomaban como referencia el cómputo del plazo para recurrir desde el momento de la lectura de la sentencia cuando en realidad el imputado no había estado presente en esa audiencia.
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CSJN: no constituye notificación válida la lectura de la condena sin la presencia del imputado
