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De la Lenga

D. M., D. A. Y OTRO c/ EDESUR SA s/daños y perjuicio | Cita Digital: Delalenga 20319

VOCES: • • •

Se hace lugar al recurso de apelación interpuesto por el letrado y se deja sin efecto el prorrateo de los honorarios efectuado en los términos del artículo 730 del CCyCo. El tribunal interviniente declaró inaplicable al caso la doctrina elaborada por la CSJN en el caso “Latino”. Para eso, explicó que en el presente caso el letrado no podía cobrar el remanente de su regulación de honorarios a su defendido, toda vez que esta gozaba del beneficio de gratuidad que otorga la ley de defensa del consumidor, a diferencia del caso resuelto por la CSJN en el que el accionante gozaba del beneficio de litigar sin gastos.

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