Nuevo régimen orgánico, funcional y profesional del Servicio Penitenciario Federal como Fuerza de Seguridad Federal
El Decreto 455/2025 aprobó un nuevo Estatuto del Servicio Penitenciario Federal y derogó las Leyes 17236, 20416 y 20622, que sostenían su anterior organización. Dictado como decreto delegado con fundamento en el artículo 76 de la Constitución Nacional y la Ley 27742, redefine al organismo como Fuerza de Seguridad Federal dependiente del Ministerio de Seguridad Nacional.
El Estatuto amplía sus funciones: custodia y tratamiento de internos, prevención del crimen organizado, inteligencia penitenciaria, investigaciones judiciales, vigilancia de fuentes digitales y administración de bases de datos, bajo las Leyes 24660, 24059 y 25520. También reorganiza su estructura, profesionaliza la carrera, fortalece la capacitación y regula derechos, deberes, ascensos, disciplina, remuneraciones y retiro del personal. Incorpora áreas específicas de seguridad, tecnología, asuntos internos e integridad. Los artículos 138 a 141 establecen indicadores de desempeño, auditorías y políticas de prevención, monitoreo y reacción frente a la corrupción.
El decreto ordena trasladar progresivamente los establecimientos ubicados en zonas urbanas y elaborar un plan de infraestructura. Exige presentar la reglamentación dentro de noventa días hábiles y mantiene transitoriamente los reglamentos anteriores compatibles.
La reforma moderniza la gestión, aunque su eficacia depende de la reglamentación y del control sobre atribuciones sensibles que pueden afectar la privacidad, las comunicaciones y los derechos de las personas detenidas.
Versión en lenguaje claro
Tema de la norma
El Decreto 455/2025 reemplaza la antigua organización del Servicio Penitenciario Federal. Aprueba un Estatuto de 152 artículos y reconoce expresamente al organismo como una Fuerza de Seguridad Federal.
Entró en vigencia el 8 de julio de 2025.
Contexto y finalidad
El régimen anterior provenía principalmente de 1967 y 1973. El Poder Ejecutivo consideró que su estructura, carrera profesional, capacitación y mecanismos de control estaban desactualizados.
La reforma busca mejorar la seguridad penitenciaria, reducir la reincidencia, combatir el crimen organizado y garantizar un trato respetuoso de los derechos humanos.
Cambios principales
El Servicio Penitenciario Federal incorpora funciones de inteligencia penitenciaria, investigación judicial, control de fuentes digitales y cooperación con otras fuerzas. También podrá clasificar a los internos según sus riesgos y necesidades.
El Estatuto reorganiza las autoridades y crea áreas específicas de seguridad, tecnología, formación, asuntos internos y prevención de la corrupción. Regula el ingreso, la carrera, los ascensos, las licencias, las sanciones, las remuneraciones y el retiro del personal.
El decreto también dispone un plan de infraestructura y la reubicación de establecimientos penitenciarios situados en zonas urbanas.
Impacto práctico
La Dirección Nacional recibe mayores herramientas operativas y de gestión. Puede restringir comunicaciones o visitas según la clasificación de seguridad, requerir información a organismos públicos y entidades privadas y organizar bases de datos.
Estas facultades deben aplicarse respetando la Constitución Nacional, la Ley 24.660, la legislación sobre inteligencia y protección de datos y los tratados de derechos humanos.
Conclusión
El decreto sustituye integralmente el régimen orgánico anterior. Moderniza la estructura y fortalece la seguridad, la profesionalización y los controles anticorrupción.
TE PUEDE INTERESAR
- LEY 24660 – EJECUCIÓN DE LA PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD
- LEY 25520 – LEY DE INTELIGENCIA NACIONAL
- LEY 24059 – SEGURIDAD INTERIOR
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