En un caso de accidente laboral, la Cámara de Apelaciones de La Pampa dictó un fallo, reafirmando la decisión que exime de responsabilidad solidaria al dueño de una vivienda.
El incidente ocurrió cuando el demandante, un trabajador de albañilería, sufrió un accidente mientras trabajaba en una propiedad privada. Buscando justicia, demandó tanto a su empleador directo (el contratante) como al propietario del inmueble, solicitando una compensación por los daños sufridos.
En su veredicto final, la Cámara de la Provincia enfatizó que la responsabilidad debería recaer únicamente en el contratante, considerando que el propietario de la vivienda no desempeñaba funciones de constructor o supervisor de la obra, conforme a lo que establece la Ley 22.250
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