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De la Lenga

“Gómez, Isaías Samuel s/Recurso extraordinariode inaplicabilidad de ley en causa Nro 129.127 del Tribunal de Casación Penal, Sala II” | Cita Digital: Delalenga 99092

VOCES:

Suprema Corte de Justicia, Secretaría Penal, La Plata — “G., I. S. s/ recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley”

La revisión de una condena dictada por jurados exige demostrar un apartamiento manifiesto de la prueba

La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la defensa oficial de I. S. G. contra la sentencia de la Sala II del Tribunal de Casación Penal, que había confirmado una condena dictada por el Tribunal en lo Criminal n.º 2 de Azul, integrado con jurados.

El imputado había sido condenado a once años de prisión, accesorias legales y costas, como autor de los delitos de homicidio calificado por el vínculo —relación de pareja— y por haber sido cometido por un hombre contra una mujer mediando violencia de género, en grado de tentativa, desobediencia y lesiones leves culposas, en concurso real.

La defensa cuestionó la incorporación por lectura de declaraciones vinculadas a C. L. y V. L., alegó afectación del debido proceso, del derecho de defensa y de la posibilidad de controlar la prueba de cargo. También sostuvo que el jurado se habría apartado de la prueba producida en debate y denunció violación del principio de congruencia, porque la condena por lesiones culposas no habría integrado la imputación original.

El voto del juez Sergio Gabriel Torres, al que adhirieron Hilda Kogan, Daniel Fernando Soria y Mario Eduardo Kohan, descartó los agravios por insuficientes. La Corte consideró que la defensa no demostró de qué modo la prueba incorporada por lectura había vulnerado garantías constitucionales, ni se hizo cargo de la restante prueba de cargo producida durante el juicio. También valoró que la defensa tuvo oportunidad de contraexaminar a las testigos e incluso utilizó piezas incorporadas por lectura durante el debate y en su alegato de clausura.

En cuanto a la valoración probatoria, el Tribunal remarcó que, en juicios por jurados, la revisión exige acreditar un apartamiento manifiesto de la prueba, estándar que no fue satisfecho por una crítica fragmentaria o meramente divergente. Sobre la congruencia, sostuvo que el paso de lesiones dolosas a culposas no fue demostrado como una alteración concreta de la plataforma fáctica ni como una afectación real de la estrategia defensiva.

La decisión fue adoptada por unanimidad. En términos prácticos, el fallo reafirma el carácter exigente de la impugnación contra veredictos de jurados y la carga de demostrar un perjuicio concreto cuando se invocan nulidades, afectación defensiva o variación de la calificación legal.

“Agregó que la competencia del Tribunal de Casación para revisar cuestiones probatorias en el marco de juicios por jurados se circunscribe a los casos de apartamiento ‘manifiesto’ de la prueba producida en el debate”.

“…durante el juicio la defensa tuvo la posibilidad de contraexaminar el relato de Cristina y Verónica Leiva (de hecho, lo hizo)”.

“Invocó ‘…[e]l carácter restrictivo con el que debe ponderarse la eventual declaración de nulidad de cualquier acto del proceso (mucho más el veredicto de culpabilidad obtenido de un juicio por jurados)…’ y sostuvo que el recurrente ni siquiera había esbozado un perjuicio demostrable”.

“…la defensa debió realizar un esfuerzo argumentativo superior para explicar, en concreto, de qué modo se habría quebrantado el principio de congruencia en este caso particular”.

“…el desplazamiento de una figura a la otra, siempre que el sustrato material del hecho (la acción y el resultado) permanezca incólume, se traduce en un descenso en el grado de reproche que no alterara la identidad del objeto procesal”.

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