La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal confirma el cierre de una causa de abuso entre menores por inimputabilidad del menor

La Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires resolvió en la causa “B., L. s/ abuso sexual”, al confirmar por unanimidad el sobreseimiento de un adolescente de 13 años al momento del hecho, en razón de su inimputabilidad penal.

La causa se originó por denuncia presentada el 19 de noviembre de 2024 por la madre del adolescente T.C., quien refirió que su hijo habría sido víctima de abuso sexual por parte de L.B., compañero de actividades náuticas. El hecho, según la víctima, ocurrió en julio de 2023 en su domicilio, y fue relatado mediante declaración en Cámara Gesell. La defensa oficial apeló el sobreseimiento dispuesto por el Juzgado Nacional de Menores n.° 7, cuestionando la causal seleccionada (art. 336 inc. 5° del CPPN), argumentando que correspondía la desvinculación por inexistencia del hecho y denunciando falta de impulso instructorio y motivación suficiente.

La jueza Magdalena Laíño desestimó los agravios, destacando que, si bien ambos involucrados eran menores de edad, el relato de la víctima resultó espontáneo, coherente y acompañado de elementos gestuales, siendo corroborado por peritajes psicológicos concordantes, firmados incluso por peritos de la defensa. La magistrada descartó contradicciones relevantes, valoró la prueba conforme a la sana crítica y consideró legítimo el criterio del juez de primera instancia de aplicar el inciso 5° del art. 336, dada la comprobación del hecho y la edad del imputado.

El juez Ignacio Rodríguez Varela adhirió al voto de su colega, remarcando la especial atención probatoria que requiere este tipo de casos en contextos de intimidad y sin testigos. Validó la motivación del fallo apelado y la suficiencia de los elementos para considerar acreditada la participación de L.B., más allá de la imposibilidad de avanzar en términos punitivos por su edad.

La resolución fue adoptada por unanimidad, sin disidencias, confirmando la validez del sobreseimiento fundado en la inimputabilidad.

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