En un caso de incumplimiento contractual, un magistrado ha utilizado una moneda poco difundida para cuantificar los daños ocasionados. En la demanda presentada por un incumplimiento en la compra de un grupo electrógeno, se propuso el pago de los daños en una moneda denominada pesos argentinos oro.
El magistrado argumentó que el reclamo inicial de la actora en dólares no era viable debido a que dicha moneda no tiene curso legal en Argentina. Asimismo, el uso de pesos argentinos más intereses no garantizaba una reparación integral. Para encontrar una solución justa, el juez decidió recurrir al peso argentino oro, regulado por una ley vigente y actualizado trimestralmente por el Banco Central.
Esta decisión se basó en el hecho de que la ley que estableció el peso argentino oro nunca fue derogada, a pesar de haber dejado de utilizarse en 1929. Además, se mencionó que esta moneda era mencionada en la ley de navegación y en el código aeronáutico, lo que respaldaba su validez y uso actual. El magistrado aclaró que, para cumplir con la obligación de pago, la moneda debería convertirse a pesos argentinos al momento de realizar el pago efectivo.
En la sentencia, se condenó a la demandada a pagar la suma equivalente en pesos argentinos oro, debiendo ser convertida al momento del pago siguiendo la cotización publicada por el Banco Central. Además, se estableció el pago de intereses y costas, y se requirió que la actora restituyera el grupo electrógeno en un plazo determinado.
Esta decisión destaca la búsqueda de una reparación plena en casos de incumplimiento contractual, utilizando una moneda inusual pero legalmente vigente en el país. Se espera que esta sentencia siente un precedente en la cuantificación de daños en casos similares y promueva una mayor consideración de alternativas justas y equitativas en el sistema judicial.