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De la Lenga

Militar una causa no convierte la vida privada en asunto público

La Corte Suprema protegió la intimidad de un estudiante frente a un escrache virtual

El máximo tribunal supremo resolvió el 23 de septiembre de 2026 la causa “C., F. c/ Facebook Argentina SRL s/ hábeas data”. Un estudiante de la Universidad Nacional de La Plata había pedido que se eliminaran publicaciones de Facebook e Instagram que lo acusaban de conductas abusivas, difundían su fotografía y relataban aspectos de una presunta relación íntima. También solicitó datos para identificar a quienes administraban las cuentas y poder iniciar una eventual demanda por daños.

El juzgado de primera instancia admitió el reclamo. La Sala III de la Cámara Federal de La Plata revocó esa decisión: consideró que las publicaciones constituían una denuncia política sobre un asunto de interés público y que la militancia del estudiante justificaba una mayor exposición.

La Corte dejó sin efecto el fallo de la Cámara y admitió la demanda. Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti coincidieron en el resultado, mediante votos con fundamentos propios. El Tribunal reconoció la importancia pública de prevenir la violencia de género, pero rechazó que esa finalidad otorgue protección absoluta a cualquier forma de difusión. La acusación anónima, acompañada por la imagen y detalles íntimos del estudiante, afectaba derechos como el honor, la privacidad y la posibilidad de defenderse. La participación en actividades sociales o en redes tampoco lo convertía, por sí sola, en una figura pública.

La Corte ordenó que Facebook provea lo necesario para eliminar las URL individualizadas si aún están disponibles e informe la identidad de los titulares de ambas cuentas y los demás datos que pueda obtener para identificarlos. El plazo será fijado por el juez de primera instancia.

Versión en lenguaje claro

Tema del caso

Un estudiante pidió que se eliminaran publicaciones anónimas de Facebook e Instagram que lo acusaban de conductas abusivas y mostraban su fotografía. También quiso saber quiénes manejaban esas cuentas para poder reclamar judicialmente por los daños que decía haber sufrido.

Antecedentes

Un juez aceptó su pedido. Luego, la Cámara Federal de La Plata lo rechazó porque entendió que las publicaciones trataban un asunto de interés público relacionado con la violencia de género. El estudiante llevó el caso a la Corte Suprema.

Decisión final

Los tres jueces de la Corte coincidieron en admitir el reclamo, aunque escribieron votos separados. Ordenaron que Facebook facilite la eliminación de los enlaces señalados si todavía están disponibles y entregue los datos que pueda obtener para identificar a los titulares de las cuentas. El juez de primera instancia fijará el plazo.

Conclusión

La Corte reconoció la importancia de denunciar la violencia de género. También sostuvo que una acusación anónima no puede dejar a una persona sin posibilidad de defenderse. Participar en marchas o usar redes sociales no significa perder el derecho a la intimidad.

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