En «Lastoria, Lilian Alicia y otros s/ legajo de casación» (23/9/2026), la Corte Suprema desestimó la queja presentada en favor de José Alberto Samid contra la decisión que mantuvo su condena a cuatro años de prisión como coautor de asociación ilícita y rechazó la extinción de la acción penal. También tuvo por desistida la queja respecto de Alicia Samid.
La defensa sostuvo que la duración del proceso había vulnerado el derecho del imputado a ser juzgado dentro de un plazo razonable. La Corte consideró inadmisible el agravio porque el recurso extraordinario carecía de fundamentación autónoma: no refutaba de manera concreta los argumentos de la sentencia recurrida ni explicaba qué circunstancias nuevas justificaban revisar dos decisiones posteriores que habían rechazado el mismo planteo y habían quedado firmes.
El Tribunal aclaró que una cuestión federal desestimada previamente por falta de sentencia definitiva puede volver a plantearse al recurrir el fallo final. Sin embargo, esa posibilidad no autoriza a reiterar sin nuevos fundamentos un agravio resuelto por decisiones firmes. Para sostenerlo, la defensa debía analizar las circunstancias posteriores y la duración global del trámite según la complejidad de la causa, su propia actividad procesal y la conducta de las autoridades judiciales. La mera referencia al tiempo transcurrido resultó insuficiente. El presidente Horacio Rosatti concurrió al resultado mediante un voto fundado en el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
Plazo razonable. La duración de un proceso penal no demuestra por sí sola la vulneración del derecho a ser juzgado en un plazo razonable. El planteo debe examinar la complejidad del asunto, la actividad procesal del interesado, la conducta judicial y el desarrollo global del procedimiento.
Fundamentación autónoma. El recurso extraordinario debe exponer los hechos relevantes y refutar de forma concreta todos los fundamentos decisivos del fallo impugnado. La reiteración de una crítica general no satisface esa exigencia.
Replanteo de una cuestión federal. La desestimación de un recurso por falta de sentencia definitiva permite reeditar la cuestión al recurrir el fallo final. Esa regla no habilita a reproducir, en los mismos términos, planteos rechazados posteriormente por decisiones firmes.
Circunstancias nuevas. Cuando existen decisiones firmes que descartaron la violación del plazo razonable, quien insiste en el agravio debe explicar cómo los hechos posteriores, considerados también en el contexto del proceso completo, modifican aquella conclusión.
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