Mediante Decreto Provincial 1490, se publicó en el día de la fecha en Boletín Oficial 5371, el texto de la Ley 1485, sancionada por la Legislatura Provincial, que aprobó importantes cambios en la Ley provincial 1465, “Presupuesto General de Erogaciones y Cálculo de Recursos de la Administración Pública – Ejercicio 2023”, que permitirán al Poder Ejecutivo actuar sin autorización previa en situaciones de desequilibrios estacionales de caja.
El primer cambio se refiere al artículo 19 de la mencionada ley, que fija el monto máximo al que se refiere el artículo 79 de la Ley provincial 495, “Administración Financiera”, en la suma de PESOS CATORCE MIL MILLONES ($14.000.000.000). Se faculta al Poder Ejecutivo a garantizar la emisión de las mismas, con afectación de recursos corrientes provenientes de la Coparticipación Federal de Impuestos, netos de la Coparticipación a municipios.” Esta modificación establece un monto máximo para la emisión de recursos y otorga al Poder Ejecutivo la facultad de respaldar dicha emisión utilizando recursos corrientes provenientes de la Coparticipación Federal de Impuestos.
Además, el artículo 9° de la Ley provincial 1062, “Complementaria Permanente de Presupuesto”, ha sido modificado por la Ley provincial 1465. El nuevo texto del artículo 9° establece que el Poder Ejecutivo Provincial podrá actuar sin autorización previa de la Legislatura Provincial en casos de financiamiento de corto plazo, cuya amortización no exceda los doce (12) meses. Esto se aplicará para cubrir eventuales desequilibrios estacionales de caja y estará limitado a un monto equivalente al diez por ciento (10%) del total de los gastos aprobados mediante la Ley de Presupuesto General del ejercicio correspondiente.