Ordenan a un colegio capacitar sobre violencia digital tras la difusión de material íntimo

La Unidad Jurisdiccional de Familia, Niñez y Adolescencia N.º 6 de Neuquén resolvió en la causa “A. s/ situación Ley 2212” ordenar a un colegio secundario la implementación inmediata de un plan integral de capacitación y abordaje sobre violencia digital y de género.

El caso se inició a partir de la denuncia formulada por la adolescente A., quien relató que un compañero de la misma institución educativa, identificado como X., habría grabado y exhibido material íntimo sin su consentimiento. La jueza tuvo en cuenta las audiencias mantenidas con los adolescentes, los informes técnicos incorporados y, en particular, un informe psicológico que dio cuenta de un cuadro depresivo, angustia y temor constante de la joven a la exposición pública dentro del ámbito escolar.

La magistrada consideró que los hechos denunciados encuadraban como violencia digital, conforme la Ley Olimpia 27736 y la Ley 26485, y sostuvo que la respuesta judicial debía superar una lógica meramente cautelar. En ese sentido, afirmó que era necesario adoptar medidas de tutela judicial efectiva con un enfoque sistémico, preventivo y educativo.

Como decisión final, ordenó al Colegio Secundario involucrado realizar talleres y jornadas sobre violencia de género y simbólica en entornos digitales, responsabilidad en redes sociales, difusión de contenido íntimo, vínculos saludables, empatía y consentimiento en la adolescencia. También dispuso la participación obligatoria del alumnado, docentes, directivos y familias, con intervención de profesionales especializados y equipos interdisciplinarios estatales.

La primera jornada deberá realizarse dentro de los treinta días hábiles y el colegio deberá presentar un cronograma en cinco días desde la notificación. La decisión fue dictada en forma unipersonal por la jueza Adriana Luna, sin votación colegiada.

Versión en lenguaje claro

Tema del caso

El caso trata sobre violencia digital en una escuela secundaria. Una adolescente denunció que un compañero habría grabado y mostrado material íntimo sin su consentimiento.

La violencia digital ocurre cuando se usan medios tecnológicos para dañar, exponer, controlar o humillar a una persona. La difusión de imágenes íntimas sin permiso afecta la intimidad, la dignidad y la salud emocional.

Antecedentes

La jueza escuchó a los adolescentes involucrados y analizó informes técnicos. Un informe psicológico señaló que la joven tenía angustia, síntomas depresivos y temor a quedar expuesta dentro de la escuela.

También se tuvo en cuenta que el problema no podía tratarse solo como un conflicto individual. La situación involucraba a la comunidad escolar y exigía una respuesta preventiva.

Decisión final

El Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia N.º 6 de Neuquén ordenó al colegio realizar un plan obligatorio de capacitación sobre violencia digital y de género.

Las actividades deberán incluir talleres sobre uso responsable de redes sociales, consentimiento, difusión de contenido íntimo, vínculos saludables y empatía. Deberán participar estudiantes, docentes, directivos y familias.

Conclusión

La jueza entendió que la escuela debía actuar de manera activa para evitar que hechos similares se repitan.

La decisión no se limitó a proteger a la adolescente afectada. También buscó educar, prevenir y responsabilizar a toda la comunidad educativa frente al uso de tecnologías y redes sociales.

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