La Cámara de Apelaciones de Pergamino, en la provincia de Buenos Aires, confirma la validez de un reconocimiento de personas realizado a través de fotografías mostradas en un teléfono celular, conocido como “reconocimiento impropio”. El fallo destaca que, al tratarse de una declaración informal realizada por la víctima con el propósito de orientar la investigación, no se le exigen los requisitos formales propios de la prueba de reconocimiento.
Post Relacionados:
Resolución Plenaria 67/2023 – TRIBUNAL DE CUENTAS – Adquisición de Insumos Alimentarios destinados a Comedores y Merenderos Informales
La Cámara Laboral de Santa Fe reconoce la discriminación por motivos de salud en el contexto laboral
CSJN revoca condena contra ART por insuficiente evaluación de pruebas
Cámara Nacional reconoce daño moral y amplía indemnización derivados de delito sexual intrafamiliar
Cámara del Trabajo reconoce adicional del 20% a trabajador remoto accidentado en un siniestro vial, ratificando que la modalidad remota no excluye la cobertura laboral
Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia reconoce asimetría de poder y ordena Compensación Económica millonaria




