La Resolución General Conjunta 5849/2026 complementa el Título XXIII de la Ley 27802 y el Decreto 242/2026, que regulan el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI). No sustituye el régimen anterior, sino que lo torna operativo. La norma precisa la tramitación de beneficios fiscales, la acreditación de inversiones y la coordinación entre ARCA, la Secretaría de Energía y la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca.
El artículo 1° concentra la gestión en el Sistema de Gestión de Inversiones, con finalidad de trazabilidad y control. El artículo 2° fija condiciones subjetivas: Certificado MiPyME vigente o, para entidades sin fines de lucro, calificación especial y caracterización registral. El artículo 3° delimita inversiones productivas no sujetas a montos mínimos, como riego, eficiencia energética, mallas antigranizo y semovientes. El artículo 4° ordena la prueba del avance de obra. Los artículos 5° y 6° refuerzan controles, auditorías, caducidad, restitución de beneficios e intereses.
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