La Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina, en un fallo que sienta jurisprudencia, sobre el debido proceso y el derecho a la defensa, revocó una sentencia de la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires. La sentencia de la Suprema Corte provincial había confirmado la condena a prisión perpetua de los acusados por homicidio. El motivo central de la revocación fue la deficiente asistencia legal brindada a los acusados, considerada inoficiosa por el máximo tribunal.
El recurrente argumentó que se vulneraron el derecho a la defensa y el debido proceso, ya que la condena no fue debidamente revisada debido a la ineficacia de la defensa técnica. La misma, en lugar de presentar una crítica razonada de los argumentos del fallo impugnado, se limitó a reproducir el acta de debate, responsabilidad que no recae en los imputados. Esta deficiencia en la representación legal fue reconocida por la Corte, que declaró inoficiosa la labor de los abogados defensores previos.
La Corte Suprema subrayó que la negligencia del defensor no debe perjudicar a los imputados, quienes tienen derecho a una tutela judicial efectiva. En su decisión, la Corte Suprema criticó el enfoque ritualista de la justicia provincial al desestimar la queja presentada por los letrados, ya que este enfoque amenazaba con vulnerar el derecho de defensa de los apelantes. La Corte aplicó la doctrina de la arbitrariedad para descalificar la decisión del tribunal provincial, resaltando la necesidad de una defensa técnica efectiva y sustancial, más allá de la mera formalidad del patrocinio letrado.