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De la Lenga

Tribunal concede arresto domiciliario a joven de 19 años para asistir a su familia considerando el interés superior de los menores

El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 5 de la Capital Federal, en la causa Nadal s/ ejecución de pena, resolvió el 30 de junio de 2025 conceder el arresto domiciliario al imputado condenado a tres años de prisión. La defensa había solicitado esta modalidad de cumplimiento por la edad del joven (19 años), la muerte de su padre, la situación de extrema vulnerabilidad económica de su familia y la necesidad de que colaborara con su madre en el cuidado de sus siete hermanos menores, dos de los cuales presentan retraso madurativoNadal.

Durante la tramitación se produjeron diversos informes. El Patronato de Liberados confirmó la convivencia en el domicilio propuesto y las dificultades económicas. La madre de la víctima no se opuso. El Asesor de Menores se pronunció a favor del arresto domiciliario, destacando que la presencia del imputado podía favorecer la organización del hogar. Por su parte, el Ministerio Público Fiscal se opuso, argumentando que no se habían acreditado circunstancias excepcionales ni que la situación encuadrara en los supuestos legales.

El juez sostuvo que no se trataba de un pedido de libertad sino de una modalidad alternativa de cumplimiento de la pena, e interpretó de manera extensiva el art. 10 inc. f) del Código Penal y el art. 32 de la ley 24660, en clave de interés superior de los menores. Consideró que el arraigo domiciliario estaba acreditado, que no existía riesgo de fuga y que el breve lapso restante hasta la libertad condicional hacía desaconsejable su ingreso al sistema penitenciario.

La resolución, firmada en forma unánime, dispuso conceder el arresto domiciliario con control semanal del Patronato de Liberados, bajo apercibimiento de revocación inmediata en caso de incumplimiento, y ordenó la intervención de la Dirección Integral de la Niñez, Adolescencia y FamiliaNadal.

Versión en lenguaje claro

El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 5 de la Capital Federal decidió que Nadal, de 19 años, condenado a tres años de prisión, cumpla su condena en su casa.

  • Antecedentes: El padre falleció y la madre sostiene a ocho hijos, siete de ellos menores. Dos presentan retraso madurativo. La defensa pidió arresto domiciliario para que Nadal ayudara en el cuidado.
  • Informes: El Patronato de Liberados confirmó la situación de vulnerabilidad. La madre de la víctima no se opuso. El Asesor de Menores apoyó la medida. El fiscal se opuso, diciendo que la ley no lo contempla.
  • Decisión: El juez aclaró que no se pedía libertad sino otra forma de cumplir la pena. Usó el art. 10 del Código Penal y la ley 24660, interpretados a favor del interés de los menores. Consideró que Nadal tiene domicilio fijo, no representa riesgo de fuga y en pocos meses accedería a libertad condicional.
  • Resolución: Se concedió el arresto domiciliario, con controles semanales del Patronato de Liberados y advertencia de revocar el beneficio si se incumple. También se ordenó la intervención de organismos de niñez para asistir a la familia.

En conclusión, Nadal no irá a prisión común y cumplirá su condena en su casa, con controles y acompañamiento estatal.

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