En el presente fallo, se aborda una cuestión de suma relevancia en el ámbito de los derechos reproductivos y la igualdad de género, ubicados en la intersección de la salud pública y el reconocimiento de derechos civiles. A través de una acción de amparo, las amparistas, constituidas por un matrimonio de mujeres, solicitaron la cobertura integral de un tratamiento de fertilidad de alta complejidad, específicamente bajo el método ROPA*, con donación de semen.
La demanda reviste particular interés ya que se dirige contra una mutual, entidad encargada de brindar servicios de salud, a quien se le exige no sólo reconocer el derecho a la salud reproductiva de las amparistas, sino también el entendimiento amplio del concepto de familia en el marco de la ley de matrimonio igualitario.
El núcleo de la controversia se centra en la negativa de la mutual a otorgar la cobertura completa para dicho tratamiento, pese a ser la única alternativa viable que permitiría a las amparistas procrear participando activamente y de acuerdo con las prescripciones de su médica tratante.
La sentencia, haciendo eco de principios constitucionales y tratados internacionales en materia de derechos humanos, ordena a la entidad demandada proporcionar la cobertura completa del tratamiento requerido, reconociendo no sólo un derecho a la salud reproductiva, sino también un derecho a la no discriminación y al libre desarrollo de la personalidad y proyecto de vida de las afiliadas.
*Método ROPA – Es una técnica que permite compartir la maternidad entre dos mujeres. Consiste en hacer un ciclo de Fecundación in vitro a una mujer de la pareja para conseguir embriones (madre genética) y posteriormente transferir estos embriones en el útero de la otra mujer de la pareja (madre gestante).
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