Se confirma la sentencia de la instancia anterior que hizo lugar a la excepción de prescripción y rechazó la demanda interpuesta contra una aseguradora de riesgos del trabajo, al valorarse que en el caso y tras requerir la extensión del plazo dispuesto en el art. 6 del decreto 717/96 (conforme art. 1 decreto 1475/15) la demandada rechazó la contingencia que produjo la muerte del trabajador, por lo que era dicha fecha la que debía considerarse como punto de partida del curso de la prescripción. Y teniendo en cuenta que la fecha en que fuera iniciado el reclamo administrativo ante el SECLO, más allá de la discusión acerca del efecto suspensivo o interruptivo que corresponde otorgarle a lo allí actuado, resultaba evidente que a la fecha en que se inició la presente demanda la acción se encontraba irremediable y ampliamente prescripta.
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