Suspensión provisoria de la responsabilidad parental por abandono y desinterés prolongado del padre

El Juzgado de Familia de la Provincia de Corrientes resolvió en la causa “B. V. I. c/ C. R. J. s/ Responsabilidad Parental – Medida Cautelar” hacer lugar a la suspensión provisoria del ejercicio de la responsabilidad parental del progenitor respecto de sus dos hijos adolescentes. La decisión fue dictada por la jueza María Soledad Vicente Reparaz.

La madre promovió un incidente cautelar al denunciar un abandono material y afectivo prolongado por parte del padre, la falta total de involucramiento en la vida cotidiana de los adolescentes y el incumplimiento sostenido de las obligaciones alimentarias. Sostuvo que la ausencia absoluta de vínculo configuraba la causal prevista en el Código Civil y Comercial para restringir el ejercicio de la responsabilidad parental.

Durante el trámite, la Asesoría de Menores dictaminó en dos oportunidades a favor de la medida, destacando la inexistencia de cumplimiento paterno, el abandono afectivo persistente, la voluntad expresa de los adolescentes de no mantener contacto con su progenitor y el riesgo concreto de conservar la titularidad parental en cabeza de quien se encontraba totalmente desvinculado. El demandado negó los hechos, cuestionó notificaciones y alegó dificultades económicas, sin aportar prueba eficaz.

Al analizar el caso, la jueza recordó que la responsabilidad parental se rige por el interés superior del niño y que toda medida cautelar exige verosimilitud en el derecho y peligro en la demora. Consideró acreditada una verosimilitud calificada por el prolongado incumplimiento de los deberes parentales y tuvo por configurado el peligro, en razón del impacto emocional de la situación, la conflictividad judicial reiterada y el rechazo manifestado por los propios adolescentes.

En consecuencia, dispuso suspender provisoriamente el ejercicio de la responsabilidad parental del progenitor hasta la sentencia definitiva, otorgó el cuidado personal unilateral a la madre y la facultó a realizar todos los actos vinculados al ejercicio responsable, incluida la autorización de salida del país sin consentimiento paterno. La decisión fue adoptada por la jueza interviniente en forma individual.

 

 

Versión en lenguaje claro

Una jueza de Corrientes decidió suspender de forma provisoria los derechos de un padre sobre sus dos hijos adolescentes. La madre había pedido esta medida porque el hombre no participaba en la vida de los chicos, no los visitaba y tampoco cumplía con la cuota alimentaria.

El caso fue analizado con informes del área que protege a niños y adolescentes. Desde allí se señaló que el abandono era total y que los propios chicos habían dicho que no querían tener contacto con su padre. También se advirtió que mantener sus derechos solo generaba conflictos y perjuicios emocionales.

El padre negó los hechos y dijo que tenía problemas económicos, pero no presentó pruebas que demostraran que sí cumplía con sus obligaciones.

La jueza explicó que ser padre o madre no es solo un derecho, sino también una obligación. Cuando una persona se desentiende por completo de sus hijos, la Justicia puede intervenir para protegerlos. En este caso, entendió que había pruebas suficientes y que esperar una sentencia definitiva podía causar más daño.

Por eso resolvió que, hasta que termine el juicio principal, el padre no podrá ejercer la responsabilidad sobre sus hijos. Además, decidió que la madre tenga el cuidado exclusivo y pueda tomar todas las decisiones necesarias, incluso autorizar viajes al exterior sin permiso del progenitor.

La medida busca dar estabilidad a los adolescentes y evitar que sigan sufriendo por la falta de compromiso de su padre.

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